domingo, 6 de julio de 2008

lunes, 30 de junio de 2008

Presupuesto Participativo.

Presupuesto Participativo

El Programa de Planeación y Presupuesto Participativo es un proceso democrático de participación ciudadana, mediante el cuál la administración distrital dispone de unos recursos de libre inversión para que su destinación sea decidida mediante la participación de las y los habitantes de las UCGU y R, representadas en sus organizaciones sociales.

Su propósito fundamental
Es fortalecer los liderazgos colectivos, recuperar la confianza de las y los ciudadanos, ampliar y profundizar la participación democrática de la ciudadanía en el desarrollo del territorio y con ello fortalecer la transparencia en la gestión de los recursos de libre destinación del presupuesto distrital. La definición de las iniciativas de inversión de cada UCGU y R, adscrita al Plan de Desarrollo de la Unidad Comunera, Localidad y el Distrito que luego harán parte del Plan operativo Anual de Inversiones, pasan previamente por un proceso de diagnostico, evaluación, priorización y viabilidad técnica que se desarrolla en los Consejos Comuneros de Gobierno, en los cuales además de la comunidad, participan como asesores, funcionarios públicos de todas las dependencia del distrito. ( as) por la vía de la democracia participativa y el fortalecimiento de la gestión pública en un marco de concertación y el total de los recursos asignados se distribuye por UCG de acuerdo a los indicadores de desarrollo humano, de calidad de vida y las NBI que estos sectores representan. Recuperar la confianza entre la administración pública y los ciudadanos corresponsabilidad entre las partes.

La propuesta ha tenido éxito por que lo vienen aplicando como modelo en muchas ciudades de Colombia, de Cuba, Italia, Argentina y España que se encuentran desarrollando el primer encuentro mundial en Medellín sobre el tema específico. En el ambiente se manifiesta que le ha dado resultado por su alto contenido social y de políticas publicas en materia de la participación comunitaria

Quienes pueden participar?
El programa de planeación y Presupuesto participativo convoca a todas las organizaciones sociales y comunitarias para que se inscriban y puedan participar en sus respectivas UCGU y R, mediante el nombramiento de delegados de cada una de las organizaciones del territorio escogidos en sendas asambleas barriales para que participen en el Consejo de Gobierno de cada Unidad Comunera.
Empecemos primero como se origino a nivel de otros países esta experiencia para saber su origen, el cual empieza a desarrollarse en el Brasil con el sector laboral, quienes venían observando la miseria en la ciudad y la poca inversión por parte del Estado a través los alcaldes y la poca preocupación por parte de los concejos municipales, y es cuando ellos se tomaron estos espacios y hacen la propuesta para que cambien las cosas, se esta hablando antes del gobierno de Lula Da Silva, entre otras cosas esto dio motivo de comprometer a Lula con la propuesta y llevarlo a la presidencia de la republica.

Criterios para la asignación de los recursos?
Una vez conocidos los recursos destinados para el programa de Presupuesto participativo, se hace la respectiva asignación. Para ello se aplican tres criterios básicos:

El Índice de Desarrollo Humano (IDH) de la UCGU y R, esto significa que entre menor sea este indicador, mayor será el porcentaje de asignación de recursos.

Población de mayor cantidad de habitantes, mayor asignación de recursos. de acuerde a los recursos asignados, se distribuirán por territorio o área urbana y rural, a través de porcentajes diferentes, es decir teniendo en cuenta la ponderación IDH, la Población y la Inversión asignada para el Programa de Presupuesto Participativo.

Comisiones Temáticas de Trabajo.
Con base a los criterios de la Dimensión del Desarrollo, se crearán 6 comisiones así:
>Educación
>Salud y Protección Social
>Cultura, Deporte y Recreación
>Infraestructura y Medio
Ambiente
>Convivencia y
Participación Ciudadana
> Desarrollo Económico.Las comisiones temáticas son grupos de trabajos conformados por delegados o delegadas del Consejo Comunero

Comité Coordinador.
Cada Consejo Comunero posee un Comité Coordinador compuesto por un delegado o delegada de la Secretaria de Desarrollo Social, los Coordinadores de las diferentes comisiones temáticas de trabajo y un representante de la Asocomunal de la Localidad, al igual que del acompañamiento de las universidades que participen.

Asambleas Barriales y Veredales.
Son un mecanismo que amplia la participación y representatividad de la ciudadanía en las organizaciones de base que representan, donde a través de ellas elegirán a sus 2 delegados ( as) a los Consejos Comuneros.

Las JAC o las JVC como organismo de base barrial escogerán sus delegados en asamblea general, al igual que definirán las necesidades que llevaran a los Consejo Comuneros.

Consejos Comuneros de Gobierno por UCGU y R.
Son el espacio de deliberación y concertación de la comunidad con la administración distrital en el cuál se realizan los diagnósticos compartidos y se priorizan las necesidades que la UCG ha identificado; a partir de ellas se decide como se invierte el presupuesto participativo asignado.
Durante cada año la Administración convoca a la realización de 5 Consejos Comuneros de Gobierno para analizar las iniciativas de inversión comunitaria, que una vez definidas como viables son incluidas en el Plan operativo anual de Inversiones (POAI) de la vigencia fiscal respectiva. El Consejo Comunero hace seguimiento y fiscaliza la ejecución de los recursos del presupuesto participativo.

De Diagnostico. En los cuales cada UCG analiza sus indicadores y diagnostico sociales y económicos.
De Viabilidad. En los cuales la administración analiza la viabilidad técnica de las iniciativas propuestas.
De Priorización. En los cuales cada UCGU y R define y aprueba las iniciativas a invertir.
De monitoreo, revisión y Ajuste. En estos se presenta un balance de los resultados y avances de los proyectos aprobados que se ejecutaran en el presente año.
De Evaluación y retroalimentación.
Encuentros con la participación del Alcalde, se socializan las dificultades, logros, aprendizajes del proceso de planeación y Presupuesto Participativo.

En este sentido los Consejos Comuneros de Gobierno Urbanos y rurales, las asambleas de barrios y veredales, los planes de desarrollo locales. Las veedurías sociales, las redes de organizaciones sociales, las dinámicas de rendición de cuentas y evaluación de políticas públicas entre administración y comunidades constituyen un valioso aporte a la gobernabilidad democrática de la ciudad y a la construcción de ciudadanía.

martes, 10 de junio de 2008

CARACTERIZACION LOCALIDAD INDUSTRIAL DE LA BAHIA

Caracterización de la localidad.
POLO
DEMOCRATICO ALTERNATIVO


La localidad industrial de la Bahía.

Con un territorio comprendido en un área de 8.943 hectáreas de las 60 mil que tiene Cartagena de indias, una población cercana a los 400 mil habitantes, que residen en una 66 mil viviendas, pero que la integran unas 78 familias, fundamentada por la Ley de distrito 768/00, los Acuerdos Distritales 026/02, 006/03 y 0581/04 que crea una subdivisiones administrativas denominadas U.C.G.U y R, de las cuales 5 son urbanas y una rural, tanto por el POT como por el Acdo. 044/87 que la declara como zona receptora de asentamientos humanos y de los residuos sólidos de la ciudad

Geográficamente localizada en la Zona Sur Occidental de la ciudad.
Limitando con Turbaco y Turbana, por el Norte con la Localidad de la Virgen y Turística, por el Oeste con la Bahía de Cartagena, al igual que la Localidad Histórica y del Caribe norte. Su topografía un 65% plana, con variedades de cotas desde 15 a 50 Mts SNM, tal como el Cerro de Albornoz, la población penas cubre un 35% de su territorio, la zona industrial y una series de puertos ubicados en Mamonal con más de 80 empresas tanto pesada y semipesada, además contamos con grandes cadenas en el sector comercial, que cada día se fortalece. En materia vial se cuenta con el Corredor de Carga, la Variante, la Troncal de Occidente como las más sobresalientes, por que al interior de la localidad se encuentran vías alternas que prestan el servicio de movilidad al transporte urbano, que consideramos que es aceptable. Lo que si es preocupante es que apenas contamos con un 25% del total de las vías pavimentadas en los 149 barrios y 45 sectores, la situación demográfica se muestra con un 65% de los habitantes, no son oriundo de la ciudad, son en gran parte provenientes del departamento, del cuál el 20% son por desplazamiento forzado, en cuanto a las viviendas el 60% son por Autoconstrucción, el resto por el sector estatal un 25 % .en cuanto al índice de subnormalidad existe un 17 % casos de indigencia y pobreza absoluta un 60 %.

Reseña Histórica.
Fue conocida inicialmente como la Zona Sur occidental de la ciudad, posteriormente la Ley de distrito a través del acdo. 0581/04 le da el nombre actual Localidad Industrial de la Bahía. Las primeras poblaciones ubicadas fueron Pasacaballos, San Sebastián de Ternera, Albornoz y Ceballos con más de 100 años de existencia, que eran grandes fincas que aún predominan con sus nombres, además de agropecuaria y pesqueras.
Posteriormente aparece la industria petrolera y se ubica en la hacienda de Ceballos, dándole paso a la empresa Anidian Petroleum Company.

A mediado de los años 60 aparece el primer barrio planificado Blas de Lezo, el cuál genera el desarrollo del polo urbanístico, posteriormente seguidamente en los años 70 aparece El Socorro, San Pedro Mártir, el Carmelo, San Fernando, la Consolata, Ceballos, la Victoria , Caracoles y el Biffi .


Un Territorio de Esperanza, Prosperidad, Digno y apropiado
PARA TRABAJAR.

Compromiso de los Militantes del POLO en las Comunas
UCGU y R- 11-12-13-14-15- y Pasacaballos.
Vincúlate

U.C.G.U -11 U.CG.U. -12 U.C.G.U.- 13

1- CEBALLOS LOS CORALES VILLA ROSITA
2- SANTA CLARA URB. LA BAHIA LA PROVIDENCIA
3- POLICARPA URB. LA FRAGATA EL RECREO
4- ALBORNOZ ALMIRANTE COLON VALENCIA
5- ARROZ BARATO LOS CARACOLES LA CONCEPCION
6- PUERTA DE HIERRO EL CARMELO TERNERA
7- BELLAVISTA LA CENTRAL URB. LA PRINCESA
8- RIO ELBA EL MILAGRO URB. BARU
9- EL LIBERTADOR EL SOCORRO URB.COSTA DEL SOL
10- BERNARDO JARAMILLO BLAS DE LEZO SANTA LUCIA
11- SECTOR VILLA ROSA PLAN 400 EL BIFFI
12- COLINAS DE VILLA ROSA SANTA MONICA URB. PARAISO REAL
13- VILLA BARRAZA LA PLAZUELA ANITA
14- VEINTE DE JULIO SUR SAN PEDRO URB. MAYORCA
15- A. JOSE DE SUCRE EL CAMPESTRE CIUDAD CEVILLA
16 - Enmanuel VILLA LORENA URB. EL EDEN
17- VILLA HERMOSA EL GOLF URB.BEIRUT
18- mamonal NUEVO CAMPESTRE URB. SIBONEY
19 - ALTOS DEL CAMPESTRE URB. S BUENAVENTURA
20- URB. VILLA CONCHA
21 EDIFICIO LAS PALMAS
22- URB. RINCON DE LA VILLA
23- URB. VILLA VALENCIA
24- SJC S LAS MARGARITAS
25- SJC SECTOR LA PRINCESA
26- SJC S VIRGEN DEL CARMEN
27- SJC SECTOR VILLA AMELIA
28- SJC SECTOR LA CIUDADELA
29- SECTOR EL AMPARO
30- S JOSE DE LOS CAMPANOS
31-SJC S NUEVA VICTORIA
32- SJC SECTOR LOS COCOS
33- SJC SECTOR MANANTIAL
34- SJC SECTOR LOS ROSALES
35- SJC SECTOR MARTA CURI
36- SJC SOR LAS CAMPANITAS
37- SJC SECTOR CRISTO REY
38- SJC SR SUENOS D FUTURO
39- SJC SECTOR LA PRIMAVERA
40- SJC SECTOR CAMPO ALEGRE
41- SJC SECTOR LA ESMERALDA
42- SJC SECTOR LA ESPERANZA
43- SJC S 5 DE NOVIEMBRE
44- JC SR COLONIA ARACHERA
C.G.U. -14 U.C.G.U.- 15

1- ALAMEDA LA VICTORIA LA CONSOLATA Y SECTORES
2- CONJUNTO RES LA BONGUITA EDUCADOR
3- URB. VILLAS DE LA VICTORIA LA GAITANA
4- ALAMEDA REAL MANUELA VERGARA DE CURI
5- SAN FERNANDO JAIME PARDO LEAL
6- SECTOR SIMON BOLIVAR BARRIO NUEVO
7- SECTOR LOS CIRUELOS 2 DE NOVIEMBRE
8- SECTOR MEDELLIN TERESA CALCUTA
9- SECTOR BERLIN EL REPOSO
10- VILLA FANNY EL PROGRESO
11- SECTORES UNIDOS NAVAS MEISEL
12- URB. CARTAGENA DE INDIAS BARRIO COOPERATIVO
13- URB. SAN FERNANDO LUIS CARLOS GALAN
14- URB. VILLAS DEL CIELO SAN PEDRO MARTIR
15- SECTOR 7 DE DICIEMBRE ALTOS DE SAN PEDRO
16- STOR ANDRES PASTRANA EL TANQUE
17- SECTOR BELEN RAFAEL GARCIA HERRERO
18- SECTOR EL MILLO LAS REINAS
19- SECTOR LA COLINA ALTOS DE LOS CIRUELOS
20- SECTOR EL EDEN BUENOS AIRES
21- SECTOR LOS TRUPILLOS INDIA CATALINA
22- SECTOR VILLA GLORIA LA VICTORIA
23- SECTOR FCO DE PAULA 1-2 JARDINES - VILLA ANGELA
24- SOR VIRGEN DEL CARMEN ALTOS JARDINES
25- SECTOR EL PROGRESO NUEVO JARDINES
26- SECTOR LAS VEGAS HENEQUEN
27- SECTOR LOS OLIVOS VISTA HERMOSA
28- SECTOR LAS TORRES LA COQUERA
29- SECTOR LOS ROBLES EL QUINDIO
30- SECTOR LOS DESEOS LA GLORIA II
31- SECTOR 18 DE ENERO ALTO DEL EDUCADOR
32- SECTOR LOS PINOS EL HOYO
33- SECTOR NVA COLOMBIA JOSE ARANGO
34- SECTOR VILLA ANDREA BLANQUICET
35- SECTOR PRIMAVERA NUEVA VENECIA
36- SECTOR VILLA CORELCA 27 DE JULIO
37- MARIA TERESA DE CALCUTA VILLA ROSARIO
38- LA ESMERALDA II LOS OLIVOS
39- NUEVA JERUSALEN LAS COLINAS
40- ROSSENDAL
41- URB. CARTAGENA DE INDIAS
42- EL SILENCIO
43- LA SIERRITA
44- NELSON MANDELA
45- SECTOR NUEVA VENECIA
46- NAZARENO
47- RB. VILLA ALEJANDRAU
48- URB. VILLAS DEL SOCORRO
49- URBANIZACION SIMON BOLIVAR
50- CIUDADELA 11 DE NOVIEMBRE
51- VILLA RUBIA
52- LOS ALCAZARES
53- JORGE ELIECER GAITAN
54- MARIA CANO
55- CESAR FLOREZ
56- CAMILO TORRES
57- LA FLORIDA
57- NUEVA DELHI
59- LA ESMERALDA I
60- LOS SANTANDERES

U.C.G - Barrios y Strs.- AREA- Vivie -POBL - F-Sisbem -Inst. Educ- -E1 E2 E3 E4 E5
11 18 - 7 2.340 - 8426 - 49.694 6.654 11O-4P 14 - 2 - 1 0 0
12 19 325 - 20.618- 107.109 - 4.256 13 -35 0 -- 2- 15 1
13 22 19 636 - 8.086 - 47.834 - 4.561 3 - 15 1 2 1 14 1
14 - 36 26 694 - 14.965 - 94.985 - 13.953 7 -12 22- 6 - 4 -0 - 0
15 38 12 234 - 12.082 - 84.786 - 8.692 11 -15 32 - 4- 2 -0 - 0
-------------------------------------------------------------------------------------------------
PASACA 14 4.220 - 3.214 - 16.128 - 8.864 - 3 -6 14
BALLOS

TOTAL 147 -52 8.943- 71.769– 400.735- -46960 - 48- 84
79418 -
___________________________________________________________________




Los mandatos ciudadanos

¿Qué es el Mandato Ciudadano?
Es el derecho que tienen los ciudadanos y ciudadanas de comprometer al elegido con un Programa de Gobierno. Los candidatos a gobernaciones y alcaldías al momento de inscribir su aspiración en la Registraduría deben radicar un Programa de Gobierno de obligatorio cumplimiento (Art. 259 C.N). Si el gobernante no cumple con este programa, la ciudadanía puede iniciar un proceso de renovación del mandato.

Las trochas ciudadanas son las propuestas elaboradas desde la sociedad civil, que deben ser construidas y presentadas a los candidatos con el fin de que estos las recojan en los Programas de Gobierno que deben inscribir con sus candidaturas, para hacer efectivo el Mandato Programático. Estas propuestas deben convertirse en un pacto o acuerdo social entre los candidatos y la ciudadanía


¿Que son las Trochas?
De no darse la participación de la ciudadanía, las propuestas de los candidatos tienden a ser vagas, generales y su cumplimiento se hace difícil de verificar. Las trochas también son el primero y más importante insumo para la elaboración de los próximos planes de desarrollo y para construir referentes ciudadanos en el proceso de paz. Si bien es cierto, que el mandato programático se ejerce sobre los candidatos a alcaldes y gobernadores, en las trochas los compromisos deben extenderse a los candidatos a corporaciones como las Juntas Administradoras Locales, los Concejos y asambleas. Si el municipio, distrito o departamento adelantó el proceso de trocha ciudadana hace tres años, debe partir de esa discusión.

¿Por qué es importante hacer las Trochas?
Con la creación del Sistema Nacional de Planeación Participativa, la Constitución de 1991 buscaba la articulación de los procesos de planeación de los niveles nacional, departamental y municipal. La tarea de articular y coordinar un proceso que el constituyente visualiza como continuo e interactivo era también indispensable para asegurar la racionalidad del proceso de descentralización. Es especialmente significativo que esta misión le haya sido confiada a la sociedad civil y a las regiones, representadas en el Consejo Nacional de Planeación y en los Consejos Territoriales de Planeación que conforma el Sistema.

En mayo de 1997, el Consejo Nacional convocó por primera vez a los consejos territoriales, a las organizaciones sociales de todos los municipios y las ciudadanas y ciudadanos de todo el país a iniciar, todos en un mismo día, ejercicios de reflexión sobre el futuro de su municipio, en el contexto de su región, del país y de un mundo globalizado; a aprovechar las ventajas especiales del talento de su gente, de su ubicación geográfica, de sus recursos naturales, de su riqueza cultural; a construir una visión de futuro del municipio, colectivamente soñado; a proponer una estrategia, un camino, una trocha conducente a convertir en realidad esa visión de futuro.

El Consejo Nacional de Planeación propone adelantar ejercicios de preparación de documentos denominados “Trochas Ciudadanas” que los Consejos Territoriales de Planeación y la ciudadanía le entregarán a los próximos candidatos a las alcaldías y gobernaciones, y luego a los mandatarios locales y departamentales elegidos con el propósito de que incluyan como contenido mínimo, en sus programas de gobierno y luego en sus Planes de Desarrollo, las reflexione y propuestas de la ciudadanía dialogo entre la sociedad y sus gobernantes, en el que se da espacio a la iniciativa de la ciudadanía : se redefinen los términos del “contrato” entre ciudadanos y gobernantes; se convoca a los mandatarios a una nueva relación de confianza y cooperación con sus electores; se inician las cosas al derecho, donde las veredas, corregimientos, los barrios, los pequeños municipios y las zonas de las grandes ciudades puedan tener iniciativas que fluyan a los departamentos y a las regiones, hasta construir el Plan Nacional de Desarrollo.

El inicio de la trocha, se presenta en un momento en que los planes municipales, distritales y departamentales de ordenamiento territorial están siendo preparados y discutidos en buena parte del territorio nacional, lo que permite revisar en la definición del uso del suelo, lo de las zonas de alto riesgo, la proyección de las redes de vías y de servicios públicos, así como la infraestructura para los servicios sociales, la disposición de residuos sólidos o basuras, y, lo más importante la proyección y uso racional del medio ambiente a través de un proceso participativo.

De otra parte las Trochas Ciudadanas deben fortalecer la labor de los consejos territoriales de planeación en el seguimiento y armonización de los planes de desarrollo tanto de su localidad, como de la región en la cuál se encuentran inmersos. Es pues un momento oportuno para que los distintos municipios del país intercambien sueños, reflexiones y experiencias, donde los DD:HH, la equidad, el medio ambiente y la ética pública deben ser condiciones transversales a todo el proceso.

¿Quienes pueden participar en la elaboración de las Trochas?
En la elaboración de las trochas pueden participar todos los ciudadanos, los Consejos de Planeación, las organizaciones y comunidades dispuestas a convertir las aspiraciones y propósitos colectivos en programas de gobierno, y reconstruir el país por las vías democráticas a partir de la participación efectiva y decisoria.

En la trocha también pueden participar los candidatos quienes deberán acoger las propuestas elaboradas por la ciudadanía e inscribirlas como sus programas de gobierno. De todas formas en las trochas deben prevalecer la construcción de lo público, lo de todos y todas, el interés general sobre el particular.

¿Cómo se puede participar?
Se puede participar asistiendo a las reuniones simultáneas convocadas para cada municipio, vinculándose a las comisiones de trabajo y a las programaciones definidas para elaborar y adoptar la Trocha. Contribuyendo a la organización y participación de la comunidad integrando Comité de de Apoyo al proceso de planeación participativa y fortaleciendo a los respectivos consejos territoriales de planeación.
Nacionalmente se propone un cronograma de trabajo que puede ser adecuado en cada lugar, pues se deben programar muchas reuniones de comisiones y de plenaria para llegar a las convocatorias municipales y regionales simultáneas con documentos elaborados. Es necesario tener en cuenta las fechas que se proponen desde el Consejo Nacional y los Consejos Territoriales de Planeaciòn, para lograr un mayor impacto de esta estrategia.

¿Cuáles son los temas para discutir en las trochas?

Las trochas no son esquemas rígidos, las discusiones deben ser abiertas y participativas, a continuación se presenta algunos de los temas sobre los cuales puede girar la discusión pero no son los únicos, cada municipio o departamento debe discutir los temas específicos de su problemática y llegar a una propuesta integral de desarrollo donde se involucren todos los sectores y grupos poblacionales. Las trochas deben ser construcción de futuro, no una lista de peticiones.

1-Evaluación del actual plan de desarrollo; compatibilidad con el plan de ordenamiento territorial y armonización con planes de otros niveles.

El primer paso consiste en realizar un examen sobre la ejecución del plan de desarrollo, al mismo tiempo verificar si el plan de ordenamiento territorial que se esta elaborando corresponde a la realidad del municipio. Es importante además, tener en cuenta que la Planeaciòn no es un acto aislado, sino que la propuesta municipal debe estar armonizado con las propuestas de otros municipios, del área metropolitana y de la región.

2- Vocación y visión de futuro del municipio
La Planeaciòn es un ejercicio de largo plazo donde se deben unir los sueños y aspiraciones de la ciudadanía con las posibilidades de desarrollo de la región y del país. La Planeaciòn no es una sumatoria de intereses y proyectos. Para discutir que desarrollo queremos para nuestro municipio y para la región es necesario definir cual es la vocación del municipio. ¿Cual es su riqueza? ¿Cual es su potencial? ¿Cuáles son las características que lo hacen diferente y que les pueden servir mejor a sus pobladores?

Además de esto debemos discutir la visión de futuro, es decir como imaginamos que será nuestro municipio y nuestra región en los próximos 10 o 20 años, como queremos que sea y que debemos hacer para lograr esta realidad.

3- Lo Social: Educación, Salud Y Vivienda


Con base en la vocación y visión de futuro se debe priorizar cuales son los grandes proyectos de inversión social que sean acordes con las perspectivas de desarrollo del municipio, distrito, comuna o localidad. La ciudadanía debe proponer las acciones para que se presten debidamente los servicios de salud y educación, como también verificar el estado de la vivienda y las propuestas formuladas en el Plan o Esquema de Ordenamiento Territorial. Es muy importante que exista un modelo educativo que corresponda con los intereses y la vocación del municipio.

4- Lo Económico: Producción, Comercio,
Servicios Y Empleo
¿Qué modelo productivo tiene el municipio? ¿Cómo se podría articular la producción y el comercio municipal con lo regional?. Los municipios difícilmente alcanzaran su desarrollo económico sino piensan en el contexto regional, deben planearse propuestas regionales que sean equitativas y que generen empleo. El plan o Esquema de Ordenamiento Territorial debe caracterizar la situación económica del municipio, los servicios, el empleo y proponer alternativas, si no se hizo en el POT se debe abordar en el proceso de Trocha Ciudadana.
De otra parte, es importante proponer en la Trocha que un porcentaje del gasto público pueda ser utilizado para generar desarrollo económico, también deben elaborarse propuestas para que el sector financiero se articule más al desarrollo regional, apoyar a la pequeña y mediana empresa, a las empresas solidarias, a las organizaciones de productores, a la recuperación de los mercados locales y regionales entre otras.

5º-Ordenamiento Territorial, Medio Ambiente,
Infraestructura y Desarrollo Sostenible.
El ordenamiento territorial que se está adelantando en estos momentos en los municipios debe ser retomado por la sociedad civil, quienes deben participar en las etapas de diagnostico, formulación, ejecución y seguimiento de cada uno de los componentes de estos planes. El desarrollo socioeconómico del municipio o distrito debe estar armonizado con el ordenamiento físico espacial y ambiental que permita un crecimiento y un desarrollo sostenible. Recordemos que la recuperación de las vías intermunicipales e interveredales es condición indispensable para reconstruir la circulación de la producción regional y en consecuencia para la recuperación de los mercados.


6º Financiación: Transferencias, Recursos Propios, Aporte Ciudadano.
Un plan de desarrollo no es un plan de gastos, debe primar los referentes ciudadanos y la visión conjunta de largo plazo.
Las infraestructuras son los recursos a los cuales tienen derecho los municipios por la participación en los ingresos corrientes de la nación, deben ser distribuidos de la siguiente forma: 30% para la educación, 25% para la salud, 20% para agua potable y saneamiento básico, 5% cultura, recreación y deporte y 20% para libre inversión. Los recursos propios son los que genera el municipio por sus actividades (impuestos, tarifas, tasas, sobretasa a la gasolina). El aporte ciudadano es la contraparte que puede colocar la ciudadanía., como mano de obra, cogestión, veeduría etc, igualmente es aporte ciudadano el compromiso del sector privado para generar el desarrollo.

Al respecto es importante que en la Trocha se discutan temas como: ¿Cómo invertir más eficientemente las transferencias de la nación? ¿Cómo aumentar el esfuerzo fiscal propio? ¿Cuál es la mejor forma aportar desde la sociedad civil en la cogestión?. Se debe tener en cuenta que el mayor aporte al desarrollo es el potencial humano y el recurso físico- natural del municipio. La cultura ciudadana, el sentido de pertenencia al municipio y a la región, la disposición permanente en que se encuentra la sociedad civil para aportar al imaginario colectivo del municipio, son los recursos más importantes que deben ser valorados y tenidos en cuenta en la construcción de la propuesta de desarrollo.

7º Ética de lo Público.
Parte del problema de la planeación es que no existe una conciencia de lo público, lo de todos, lo colectivo para el presente y el futuro. Dentro de la Trocha debe plantearse la ética como condición esencial tanto en el manejo de los recursos como en las tomas de decisiones sobre el futuro del municipio, donde debe primar el interés general sobre el particular o grupal. La Trocha debe plantearse un modelo institucional adecuado para que la administración municipal sea eficiente y transparente en la gestión pública.

8º- Contribución del Municipio a la Paz de la Región y del País.
En la medida en que busca construir identidades locales y perspectivas de desarrollo, la Trocha es un instrumento fundamental de paz. Sin embargo, se pueden concebir acciones puntuales de participación ciudadana en la construcción de una cultura para la tolerancia, convivencia, paz y desarrollo, en lo cuál tanto la educación como los medios masivos de comunicación deben actuar en el mismo sentido.

domingo, 8 de junio de 2008

INSTRUMENTOS PARA LA EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DEL PLAN DE DESARROLLO.


Departamento Nacional de Planeación República de Colombia - Libertad y Orden

Instrumentos para la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal


Marco Fiscal de Mediano Plazo, Plan indicativo, Plan Operativo Anual de Inversiones, Presupuesto, Plan de Acción y Programa Anual Mensualizado de Caja

Instrumentos para la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal


Marco Fiscal de Mediano Plazo, Plan indicativo, Plan Operativo Anual de Inversiones, Presupuesto, Plan de Acción y Programa Anual Mensualizado de Caja


CONTENIDO
I. INSTRUMENTOS FACILITADORES DE LA GESTIÓN
II. PLAN DE DESARROLLO
III. MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO
3.1 ¿CUÁL ES LA CONTRIBUCIÓN DEL MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO AL PROCESO DE GESTIÓN PÚBLICA?
3.2 ¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE EL MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO, MFMP?
3.3 ¿CUÁL ES EL CONTENIDO DEL MFMP?
3.3.1 Plan Financiero
3.3.1.1 ¿Qué es el Plan Financiero?
3.3.1.2 ¿Quiénes son los responsables de la elaboración del Plan Financiero?
3.3.1.3 ¿Qué insumos se requieren para la elaboración del Plan Financiero?
3.3.1.4 ¿Cuál es el contenido del Plan Financiero?
3.3.2 Definición de las metas de superávit primario
3.3.2.1 ¿Qué es el superávit primario?
3.3.2.2 ¿Cómo se calcula el superávit primario?
3.3.3 Metas de deuda pública y análisis de su sostenibilidad
3.3.4 Acciones y medidas específicas para el cumplimiento de las metas
3.3.5 Informe de resultados fiscales de la vigencia fiscal anterior
3.4 ¿CÓMO SE ELABORA EL MFMP?
IV. PLAN INDICATIVO
4.1 ¿CUÁL ES LA CONTRIBUCIÓN DEL PLAN INDICATIVO AL PROCESO DE GESTIÓN PÚBLICA?
4.2 ¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE EL PLAN INDICATIVO (PI)?
4.3 ¿CUÁL ES EL CONTENIDO DEL PI?
4.3.1 Niveles del Plan de Desarrollo
4.3.2 Ponderadores (%)
4.3.3 Metas
4.3.4 Indicadores
4.3.5 Recursos
4.3.6 Responsables
4.4 ¿CÓMO SE ELABORA EL PI?
4.5 CRONOGRAMA
V. PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES
5.1 ¿CUÁL ES LA CONTRIBUCIÓN DEL PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES AL PROCESO DE GESTIÓN PÚBLICA?
5.2 ¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE EL PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES (POAI)?
5.3 ¿CUÁL ES EL CONTENIDO DEL POAI?
5.3.1 Parte estratégica
5.3.2 Proyectos de inversión
5.3.3 Apropiación
5.3.4 Dependencia Responsable
5.4 ¿CÓMO SE ELABORA EL POAI?
5.5 CRONOGRAMA
VI. EL PRESUPUESTO ANUAL
6.1 ¿CUÁL ES LA CONTRIBUCIÓN
DEL PRESUPUESTO ANUAL AL PROCESO DE GESTIÓN PÚBLICA?
6.2 ¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE EL PRESUPUESTO ANUAL?
6.3 ¿CUÁL ES EL CONTENIDO DEL PRESUPUESTO ANUAL?
6.3.1 Presupuesto de rentas y recursos de capital (Caso Municipal)
6.3.2 Presupuesto de gastos y acuerdo de apropiaciones (Caso Municipal)
6.3.3 Disposiciones Generales
6.3.4 ¿Cómo se elabora el presupuesto anual?
VII. PLAN DE ACCIÓN
7.1 ¿CUÁL ES LA CONTRIBUCIÓN DEL PLAN
DE ACCIÓN AL PROCESO DE GESTIÓN PÚBLICA?
7.2 ¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE EL PLAN DE ACCIÓN (PA)?
7.3 ¿CUÁL ES EL CONTENIDO DEL PA?
VIII. EL PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA (PAC)
8.1 ¿CUÁL ES LA CONTRIBUCIÓN DEL PAC
AL PROCESO DE GESTIÓN PÚBLICA?
8.2 ¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE EL PROGRAMA
ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA (PAC)?
8.3 ¿CUÁL ES EL CONTENIDO DEL PAC?
8.4 ¿CÓMO SE ELABORA EL PAC?
Con el propósito de contribuir con el fortalecimiento de los procesos de gestión pública, el Departamento Nacional de Planeación (DNP), a través de la Dirección de Desarrollo Territorial Sostenible (DDTS) ha elaborado este documento dirigido a los nuevos mandatarios territoriales y a sus equipos de gobierno.
El objetivo es seguir brindando a los departamentos y municipios, orientaciones sobre la formulación y uso de instrumentos de gestión que faciliten los procesos de ejecución, seguimiento y autoevaluación de los planes de desarrollo.
A su vez, se busca que las entidades territoriales, más allá de elaborar instrumentos para cumplir con una obligación legal y evitar incurrir en una presunta irregularidad por incumplimiento de los deberes consagrados en el Código Único Disciplinario (Ley 734 de 2002), comprendan la importancia de cada uno de estos instrumentos para el mejoramiento de su gestión.
Sin duda, uno de los grandes retos de los nuevos gobernantes es lograr la articulación entre los diferentes instrumentos de gestión, lo cual se ha convertido, hasta el momento, en un cuello de botella para los procesos de gestión pública territorial. Para ello, se recomienda que la Administración organice desde el principio un esquema de ejecución y seguimiento a su
plan de desarrollo.
Uno de los mecanismos para asegurar dicha articulación, es la existencia de adecuados sistemas de información, para lo cual se sugiere que la secretaría de Planeación, o la entidad que haga sus veces, los diseñe de forma tal que permitan obtener y consolidar la información para formular, hacer seguimiento y evaluar los diferentes instrumentos, de modo que no sólo se generen insumos para retroalimentar la gestión, sino que también se facilite el proceso de rendición de cuentas de los funcionarios al gobernante y de éste hacia la comunidad.
La guía Instrumentos para la ejecución, seguimiento y evaluación del plan de desarrollo municipal se desarrolla en ocho capítulos.
El primero comprende el proceso de la gestión pública y la importancia de los instrumentos presentados; en los siguientes siete capítulos se desarrollan los contenidos de cada uno de los instrumentos: Plan de Desarrollo, Marco Fiscal de Mediano Plazo, Plan Indicativo, Plan Operativo Anual de Inversiones, Presupuesto Anual, Plan de Acción y Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC).


Carolina Rentería / Directora - departamento Nacional del Planeación, DNP
Uno de los procesos más transversales y que por su carácter estratégico en la gestión pública atañe a todos los niveles de gobierno, es el proceso de planificación realizada por los gobernantes y su Administración, con el respaldo de la ciudadanía.
La planificación como posibilidad de construir una visión de futuro permite un horizonte de actuación que se materializa en el Plan de Desarrollo de las entidades territoriales y que requiere para su eficaz implementación la formulación y uso continuo de diferentes instrumentos de gestión.
Algunos de estos instrumentos son: el Marco Fiscal de Mediano Plazo, el Plan Indicativo, el Plan Operativo Anual de Inversiones, el Presupuesto, el Plan de Acción y el Programa Anual Mensualizado de Caja; los cuales son complementarios, interdependientes, comparten información y se interrelacionan constantemente.
El Marco Fiscal de Mediano Plazo, por ejemplo, es el instrumento que sirve de referencia para que el Plan de Desarrollo sea viable financieramente, ya que de manera informativa presenta una proyección de los recursos disponibles en la entidad territorial, con perspectiva de 10 años, lo cual permite que, de manera más acertada, la Administración programe los pagos a sus acreedores, el servicio a la deuda y sus gastos de funcionamiento e inversión. Este instrumento también se constituye en uno de los principales insumos para definir las estrategias financieras que adoptará el municipio y que serán plasmadas en el Plan de Desarrollo.


El Plan Indicativo precisa claramente, y de acuerdo con la estructura del Plan de Desarrollo, las metas con las cuales se compromete la Administración en una perspectiva de 4 años, así como la programación anualizada en cantidad y recursos necesarios para su financiación.
El Plan Operativo Anual de Inversiones es el vínculo más claro entre el Plan de Desarrollo y el sistema presupuestal, en la medida que es un instrumento de programación anual de los gastos de inversión del presupuesto en relación con los proyectos de inversión clasificados por sectores, programas y metas de productos a las cuales va a contribuir con la ejecución del Plan de Desarrollo durante la vigencia fiscal.
Por su parte, el Presupuesto Anual se entiende como la estimación de ingresos y autorización máxima de gastos para una vigencia anual. En este sentido, contribuye a esclarecer el monto de recursos disponibles para la ejecución física de los programas, subprogramas y proyectos definidos en el Plan de Desarrollo.
1. Instrumentos facilitadores de la Gestión El Plan de Acción determina la programación de las actividades por dependencia de la Administración, según la estrategia diseñada por ellas para ejecutar el presupuesto asignado y garantizar el cumplimiento del POAI, y con él, el del Plan Indicativo y el Plan de Desarrollo.
Finalmente, el PAC contribuye con la programación micro (mensual) de los montos máximos de gasto disponibles, según el flujo de ingresos, para la ejecución de las actividades establecidas por dependencia en el Plan de Acción con el ánimo de dar cumplimiento al Plan Indicativo.
Gráficamente, esta interrelación se presenta a continuación, y será visualizada en el desarrollo de cada uno de los instrumentos, con el ánimo de que el lector tenga presente la interrelación existente entre ellos, y su aporte a la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo, y por ende al proceso de gestión pública territorial.


La Constitución Política explica los fines del Estado colombiano, y los sintetiza en el Artículo 2 así: “servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacifica y la vigencia de un orden justo”.
De la misma manera, establece en el Artículo 366 como finalidad social, el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, señalando como objetivo fundamental la solución de las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental y de agua potable.
En este sentido, la gestión de los gobernantes debe estar orientada al cumplimiento de los fines señalados. Para ello, la Administración emprende un proceso dinámico, integral, sistemático y participativo, que articula la planificación, ejecución, seguimiento, evaluación, control de las estrategias de desarrollo económico, social, cultural, tecnológico, ambiental, político e institucional de una Administración, y rendición de cuentas sobre la base de las metas acordadas de manera democrática.
No obstante, debido a que los recursos son insuficientes para las necesidades de la población, cada gobernante debe priorizar, de acuerdo con sus competencias y compromisos adquiridos en el Programa de Gobierno, las acciones que va a adelantar en su Administración. De esta manera, la gestión debe soportarse en un ejercicio de planificación estratégica, el cual se materializa en el Plan de Desarrollo, instrumento que se constituye en la carta de navegación de la Administración para los cuatro años.
Es así como el Artículo 339 de la Carta Magna establece que las entidades territoriales deben elaborar y adoptar de manera concertada entre ellas y el Gobierno nacional, planes de desarrollo, con objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas por la Constitución y la ley.
Plan de Desarrollo 2.
De esta manera, el Plan de Desarrollo es el instrumento de planificación que orienta el accionar de los diferentes actores del territorio durante un período de gobierno, en él se expresan los objetivos, metas, políticas, programas, subprogramas y proyectos de desarrollo (Parte Estratégica), así como los recursos para su financiación (Plan Plurianual de Inversiones).
En otras palabras, por medio del plan de desarrollo se busca un adecuado balance entre objetivos y limitaciones para incrementar en forma eficaz el bienestar de la población.
En términos generales la estructura del Plan de Desarrollo es la siguiente:

En el siguiente cuadro se ilustra un ejemplo1:
Plan Plurianual de Inversiones Ejemplo
En el diagnóstico del municipio Guaciri, se identificó, entre otros aspectos, que gran parte de la población en edad escolar se encontraba por fuera del sistema educativo (tasa de cobertura bruta del 51,5%), situación que estaba afectando la calidad de vida de la población.
Por ello, después de realizar un ejercicio prospectivo para consensuar un escenario deseado (visión de futuro), se decidió incluir en el Plan de Desarrollo, entre otros, una Dimensión Social, dentro del cual se definieran objetivos relacionados con educación, salud y vivienda; sectores que tuvieron los indicadores más críticos.
Es así, como en el Plan de Desarrollo se fijó como uno de los objetivos específicos para el periodo 2008–2011 garantizar el acceso y la permanencia de la población en edad escolar al sistema educativo en condiciones de equidad.
Con base en este objetivo se formularon diferentes programas, los cuales agrupaban estrategias (mecanismos y acciones específicas para desarrollar) que contribuyen a su logro. Éstas se fundamentaron en las causas del problema identificado y consistieron en la construcción de nuevos espacios educativos y la adecuación de los existentes.
De esta manera, uno de los Programas definidos como bandera para el sector fue ‘Más niños y niñas dentro del sistema educativo’.
A través de este Programa se planteó la siguiente meta de resultado:
incrementar en 18,5% la tasa de cobertura bruta en el periodo 2008–2011; es decir, pasar de 51,5 a 70% de cobertura, lo cual significaba, con datos de la Secretaría de Educación, generar 1.350 nuevos cupos escolares.
Para definir la anterior meta de resultado fue necesario hacer una proyección de los recursos del cuatrienio, con base en la inversión identificada en el Marco Fiscal de Mediano Plazo (ver capítulo III). Así mismo, fue indispensable realizaran análisis de costos y formular los subprogramas que contribuyeran con su logro.
Para este caso, los subprogramas fueron: ‘Más colegios al servicio de nuestros niños’ y ‘Mejoramiento de la infraestructura escolar’, cuyas metas de producto eran: construir 30 aulas y comprar 680 pupitres para las veredas del municipio.
Finalmente, se elaboró la matriz del plan plurianual de inversiones, la cual resumía la estructura del Plan de Desarrollo e incluía las proyecciones de recursos financieros disponibles para que dure los cuatro años de gobierno se ejecutarán los programas, subprogramas y metas establecidas.
Teniendo en cuenta que es necesario hacer operativo el plan de desarrollo, la normatividad contempla los procedimientos y las funciones de cada dependencia e instancia que participa en los procesos de elaboración, aprobación, ejecución y evaluación del mismo, y establece mecanismos para su armonización e interrelación con instrumentos como el Marco Fiscal de Mediano Plazo, el Plan Indicativo, el Plan Operativo Anual de Inversiones, Presupuesto, el Plan de Acción y el Programa Anual de Caja.
El empleo adecuado de los instrumentos que acompañan al proceso de estión pública, además de contribuir al efectivo uso del Plan (en la medida que concretan metas, estrategias, proyectos, recursos y tiempos), permiten evaluar su avance y hacer los ajustes necesarios para lograr los resultados propuestos.
Código - Dimensión -Código- Programa - Código- Meta de resultado cuatrienio- Código-Subprograma Código Meta de Producto- Recursos por Fuente de financiamiento para cada vigencia
Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Total
SGP ICLD Otros Total SGP ICLD Otros Total SGP ICLD Otros Total SGP ICLD Otros Total SGP ICLD Otros Total
1 Social 1.1 “Más niños y niñas dentro del sistema educativo” 1.1.1 70 % de cobertura bruta
1.1.1.1 Más colegios al servicio de nuestros niños - 1 Construir 30 aulas educativas en las veredas del Municipio - Mejoramiento de la infraestructura escolar -

2 Comprar 680 pupitres para los colegios de la cabecera


El Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP) es el instrumento que sirve de referencia para que el Plan de Desarrollo sea viable financieramente, ya que de manera informativa presenta los recursos disponibles para inversión y funcionamiento, además del servicio de la deuda y pagos de acreencias en general. En otras palabras, el costo de los programas, subprogramas y proyectos contemplados en el Plan de Desarrollo (el plan plurianual de inversiones), debe ser consistente con los recursos definidos en el MFMP.
Este instrumento también sirve de insumo para definir las estrategias, programas y proyectos que en materia financiera va a ejecutar el mandatario durante su período de gobierno, como se verá más adelante, el MFMP contiene, entre otros aspectos, un diagnóstico y unas estrategias de gestión financiera, con las cuales el Alcalde se va a comprometer en su Administración.
3. Marco Fiscal de Mediano Plazo
3.1 ¿Cuál es la contribución del Marco Fiscal de Mediano Plazo al proceso de gestión pública?
Es un instrumento referencial de planificación financiera a 10 años que presenta la tendencia futura de las finanzas de la entidad territorial, determinando montos de ahorro, flujos de caja y situación fiscal (superávit / déficit).
Ejemplo- Antes de iniciar la elaboración del Plan de Desarrollo, el Alcalde de Guaciri reguntó a su Secretario de Hacienda acerca del monto de los recursos disponibles en el MFMP, con el fin de definir la cuota global de inversión para los cuatro años de su Administración.
Con base en esta información, y en coordinación con las Secretarías de Hacienda y Planeación, sectorizó dicha cuota de inversión teniendo en cuenta las destinaciones específicas. Este monto fue comunicado a las diferentesdependencias para que éstas, con base en las competencias, el programa de gobierno y el diagnóstico del Municipio, definieran metas, programas, subprogramas y proyectos que se ajustaran a los techos definidos.
Una vez realizado el ejercicio de formulación del Plan de Desarrollo de la Administración, se evidenció que el costo de su ejecución ascendía a $4.000 millones, cifra que resultaba consistente con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
Si los recursos no hubieran sido suficientes, sería necesario revisar el plan financiero, el superávit primario y las metas de deuda pública y su análisisde sostenibilidad, para estudiar la posibilidad de que el Municipio pueda endeudarse.
De estos recursos $2.000 millones fueron asignados al sector educativo.
Teniendo en cuenta, tal como se mencionó anteriormente, que la Administración decidió invertir recursos para la construcción de aulas y la dotación de pupitres, la Secretaría de Educación verificó que los recursos con los cuales se tenía prevista su financiación no estuvieran pignorados.
Una vez aclarado el asunto, procedió a realizar un análisis de costo para definir la meta con la cual se podría comprometer. De esta manera, estableció que no podía construir más de 30 aulas ni comprar 680 pupitres.
El Alcalde y la Secretaría de Hacienda, por su parte, extractaron del diagnóstico financiero y del capítulo: “Acciones y medidas específicas para el cumplimiento de las metas, con los cronogramas de ejecución”, aquellas estrategias con las cuales se iba a comprometer la Administración durante el período.
3.2 ¿Qué es y para qué sirve el Marco Fiscal de Mediano Plazo, MFMP?

El MFMP tiene como fundamento normativo la Ley 819 de julio 9 de 2003, “por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones”. El MFMP sirve para:
• Elaborar la proyección técnica de la sostenibilidad fiscal territorial a 10 años.
• Promover la sostenibilidad de las finanzas en el mediano plazo sin involucrar las condiciones
políticas que afectan la gestión territorial.
• Sustentar el desarrollo de la actividad del gobierno territorial, en el logro de sus objetivos de política.
REFERENCIA GENERAL + INSTRUMENTO INFORMATIVO PARA
3.3 ¿Cuál es el contenido del MFMP?
Capítulos del informe de MFMP
La fecha de entrega del MFMP es la misma en la que se entrega el proyecto de presupuesto (revisar estatuto presupuestal) Metas de superávit primario
Metas de deuda pública y análisis de su sostenibilidad
Acciones y medidas específicas para el cumplimiento de las metas, con los cronogramas de ejecución

Informe de los resultados fiscales de la vigencia fiscal anterior
Estimación del costo fiscal de las exenciones tributarias existentes en la vigencia
Relación de los pasivos exigibles y de los contingentes
Costo fiscal de los proyectos de acuerdo sancionados en la vigencia fiscal anterior
Indicadores de gestión presupuestal y de resultado de los objetivos, planes y programas desagregados para mayorcontrol del presupuesto
Diagnóstico
Estructura de ingreso y gastos
Financiamiento
Gestión financiera
Gestión sectorial
Relaciones e indicadores
1 Plan Financiero
A continuación se ilustra brevemente el desarrollo de cada uno de los capítulos del MFMP.
3.3.1 Plan Financiero
Es un programa de ingresos y gastos de caja, con sus posibilidades de financiamiento: es un instrumento de planificación y gestión financiera del sector público territorial, que tiene como base las operaciones efectivas, en consideración a las previsiones de ingresos, gastos, déficit y su financiación compatibles con el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC).
A través de este instrumento es posible establecer cuáles son los recursos disponibles para la ejecución del Plan de Desarrollo y su monto.

• Secretaría de Hacienda, o quien haga sus veces, en coordinación con la Secretaría de Planeación quienes lo elaboran.
• Consejo de Gobierno o Consejo de Política Económica y Social (CONPES) dan el visto bueno.
• Comité de Hacienda o el Consejo de Política Fiscal (CONFIS) (adaptación del CONFIS Consejo Superior de Política Fiscal), aprueba, modifica y evalúa el Plan Financiero y ordena las medidas para su cumplimiento.
A continuación se relacionan los insumos requeridos para formular el PF:
3.3.1.1 ¿Qué es el Plan Financiero?
3.3.1.2 ¿Quiénes son los responsables de la elaboración del Plan Financiero?
3.3.1.3 ¿Qué insumos se requieren para la elaboración del Plan Financiero?
Para la elaboración del diagnóstico financiero
• Ejecuciones presupuestales (últimos 4 años).
• Ejecuciones presupuestales (últimos 4 años) estructuradas en el esquema de Operaciones Efectivas de Caja.
• Presupuesto aprobado para la vigencia.
• Información contable: estados financieros, nóminas, estado de la deuda, etc. (últimos 4 años).
• Estatuto de Presupuesto de la Entidades Territorales.
• Estatuto de rentas (Reglamentación de la adopción de los ingresos).
• Plan de inversiones.
• Información consolidada de los créditos vigentes: monto adeudado, pagado, valor por cancelar en cada vigencia, saldo deuda e intereses durante la vigencia del crédito.
• Relación de la oficina jurídica sobre pasivos contingentes.
• Información sobre la planta de personal, actual, el costo de la nómina, OPS y aportes parafiscales.
• Relación de obligaciones pensionales.
• Impuestos aplicables, tarifas y datos históricos de recaudo.
• Volumen de transferencias SGP.
• Otros ingresos territoriales.
• Metas del Plan Financiero.
• Capacidad de endeudamiento.
• Supuestos macroeconómicos.
• MÉTODOS DE CÁLCULO: automático, promedios,
tasa de crecimiento, evaluación directa, regresión, etc.
• Acuerdo sobre estructura, planta y escalas de remuneración.
• Resultado cierre vigencia anterior.
• Plan de Desarrollo.
• Plan de Inversiones.
• Plan de compras y de contratación.
• Sentencias en contra de la Administración.
• Metas de gasto del Plan Financiero.
• Categoría del Municipio.
• Límites a los gastos de funcionamiento (Ley 617 de 2000).
• Servicio de la Deuda.
Para las proyecciones de ingresos
Para las proyecciones de gastos
3.3.1.4 ¿Cuál es el contenido del Plan Financiero?
Diagnóstico: problemática financiera, causas, oportunidades, amenazas, fortalezas, debilidades, etc.
Estructura de ingresos y gastos: evolución (tendencia) de los ingresos, gastos y su composición
para el periodo deflactando la información.
Financiamiento: registros ocurridos en las cuentas de ingresos y gastos, mediante los cuales se
reflejan todos los fondos obtenidos o utilizados por la entidad para cubrir en un período determinado su déficit. Si se presenta superávit, se refleja la utilización de recursos.
Debe observarse la evolución (tendencia) de las fuentes de financiación y su composición.
Gestión financiera: estrategias, acciones, programas, metas, etc.
Gestión sectorial desde la perspectiva financiera: ajuste de las metas sectoriales.
Relaciones e indicadores: capacidad de endeudamiento, los límites de los gastos de funcionamiento, el cumplimiento en la ejecución del SGP, etc.
(Cifras en millones de pesos)-

CUENTA AÑO 1 AÑO 2 AÑO 3… 10
INGRESOS TOTALES 13,664
1. INGRESOS CORRIENTES 6,910
1.1 INGRESOS TRIBUTARIOS 5,417
1.1.1 PREDIAL 1,791
1.1.2 INDUSTRIA Y COMERCIO 932
1.1.3 OTROS 2,694
1.2 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 941
1.3 TRANSFERENCIAS 553
1.3.1 DEL NIVEL NACIONAL 553
1.3.2 OTRAS GASTOS TOTALES 13,733
3. GASTOS CORRIENTES 3,825
3.1 FUNCIONAMIENTO 3,704
3.1.1 SERVICIOS PERSONALES 1,879
3.1.2 GASTOS GENERALES 931
3.1.3 TRANSFERENCIAS PAGADAS 895
3.2 INTERESES DEUDA PUBLICA 121
3.3 OTROS GASTOS CORRIENTES DEFICIT O AHORRO CORRIENTE (1-3) 3,086
2. INGRESOS DE CAPITAL 6,754
2.1 REGALIAS
2.2 TRANSFERENCIAS NACIONALES (SGP, etc.) 6,754
2.3 COFINANCIACION
2.4 OTROS
4. GASTOS DE CAPITAL (INVERSION) 9,908
4.1.1.1 FORMACION BRUTAL DE CAPITAL FIJO 3,468
4.1.1.2 OTROS 6,440
DEFICIT O SUPERAVIT TOTAL (1-3+2-4) -68
5. FINANCIAMIENTO (5.1+5.2) 69
5.1 CREDITO INTERNO Y EXTERNO (5.1.1 - 5.1.2) 69
5.1.1 DESEMBOLSOS (+) 300
5.1.2 AMORTIZACIONES (-) 231
5.2 RECURSOS BALANCE, VAR. DEPOSITOS, OTROS
SALDO DE LA DEUDA 656
3.3.2 Definición de las metas de superávit primario
De acuerdo con la Ley 819 de 2003, es aquel valor positivo que resulta de la diferencia entre la suma de los ingresos corrientes y los recursos de capital, diferentes de desembolsos de crédito, privatizaciones, capitalizaciones, utilidades del Banco de la República (para el caso de la Nación), y la suma de los gastos de funcionamiento, inversión y gastos de operación comercial.
Cada año el Gobierno territorial determinará para la vigencia fiscal siguiente una meta de superávit primario para el sector público no financiero consistente con el plan financiero y metas indicativas para los superávit primarios de las diez (10) vigencias fiscales.
Su cálculo se realiza a partir de la ejecución presupuestal de la siguiente forma:


3.3.2.1 ¿Qué es el superávit primario?
3.3.2.2 ¿Cómo se calcula el superávit primario?
Ingresos corrientes + Recursos de capital - Desembolsos decrédito, Privatizaciones /o capitalizaciones Total ingresos - = Gastos de funcionamiento + Gastos de Inversión + Gastos de Operación Comercial Total Gastos Meta de Superávit Primario


3.3.3 Metas de deuda pública y análisis de su sostenibilidad
Este capítulo del MFMP busca determinar el cálculo de la sostenibilidad de la deuda en el horizonte de los 10 años del Marco Fiscal de Mediano Plazo, para ello, en cada vigencia debe observarse la sostenibilidad del endeudamiento, considerando su compatibilidad con las metas de Superávit
Primario; es decir, el servicio de la deuda planteado cada año no podrá exceder el superávit primario.
VENCIMIENTOS - No. -Días - Desembolsos ($) -Amortizaciones ($)- Intereses del período
Saldo de
DIA MES AÑO Deuda ($) Vigencia Actual
Los anteriores capítulos del MFMP permiten definir si la entidad territorial tiene respaldo para endeudarse, en caso de requerirlo para el cumplimiento de su Plan de Desarrollo.
3.3.4 Acciones y medidas específicas para el cumplimiento de las metas
De este capítulo se extractan aquellas estrategias y actividades financieras con las cuales el gobernante se comprometerá durante su Administración y que van a garantizar las metas en ingresos, gastos y financiamiento. Por ello, se constituye en el insumo para elaborar un Plan de Acción de la Secretaría de Hacienda, o la dependencia que haga sus veces.
3.3.5 Informe de los resultados fiscales de la vigencia fiscal anterior
Este informe debe incluir:
• Grado de cumplimiento de metas previstas en ingresos, gastos de funcionamiento e inversión.
• Explicación de incumplimiento.
• Medidas para corregir.
• Estrategia para la incorporación en las siguientes vigencias.
• Indicadores de seguimiento permanente.
Con esta información, la Administración actualiza el MFMP, el plan de acción de la vigencia y, de ser necesario, realiza el procedimiento ante el Concejo para modificar el plan de desarrollo.
3.3.6 Estimación del costo fiscal de las exenciones e incentivos tributarios existentes en la vigencia anterior
Este apartado busca dar cuenta del impacto de las decisiones adoptadas el año anterior (y anteriores) que impliquen beneficios tributarios, bien

PROGRAMA ASPECTOS TIEMPODE EJECUCION REAL EN AÑOS
P1 METAS - ACTIVIDADES - … INDICADORES DE SEGUIMIENTO … … … … … … … … … …
RESPONSABLES Ω Ω Ω Ω Ω Ω Ω Ω Ω Ω
P2 METAS - ACTIVIDADES - INDICADORES DE SEGUIMIENTO … … … … … … … … … …
RESPONSABLES Ω Ω Ω Ω Ω Ω Ω Ω Ω Ω
• Las metas deben ser viables financiera e institucionalmente.
• Cumplirse, según los cronogramas de ejecución
• Identificar al responsablede su ejecución.
• Identificar el cronograma de ejecución a los programas.
• Indicadores de seguimiento.
• Estar articuladas al plan de acción de cada dependencia
OBJETIVOS ESTRUCTURA DE ANÁLISIS sean exenciones o incentivos tributarios, dando cuenta de los siguientes aspectos:
• Monto de la exención o incentivo.
• Plazo.
• Beneficiarios.
• Cumplimiento del objetivo por el cual se da la exención o incentivo.
• Revisión de su continuidad.
3.3.7 Relación de los pasivos exigibles y de los

INCENTIVOS TRIBUTARIOS
IMPUESTO MARCO LEGAL % INCENTIVO VIGENCIA VALOR
Predial Decreto XXX, 5% Marzo 1 xxx Abril 30
ICA Decreto XXX, 15% Enero 1 xxx 31 Marzo
XX... Decreto XXX, 15% Marzo 1 xxx Abril 30
TOTAL $ XXX
EXENCIONES TRIBUTARIAS
IMPUESTO MARCO LEGAL TIPO EXENCIÓN VIGENCIA VALOR
Predial Acuerdo XXX, xxx ICA Acuerdo XXX, xxx - XXX Acuerdo XXX, xxx - XXX Acuerdo XXX,
TOTAL $ XXX
Este apartado busca dar cuenta de las obligaciones ciertas y futuras de la entidad.
Los Pasivos Contingentes son todas aquellas obligaciones pecuniarias sometidas a condición, por la ocurrencia de un hecho futuro incierto, mientras que los exigibles son obligaciones conciliadas o falladas pendientes de pago.
Para efectos del MFMP los pasivos contingentes deberán tener una valoración numérica y su existencia obliga, incluso, a crear un fondo para contingencias cuyo valor dependerá del monto de contingencias y de la probabilidad de que se convierta en realidad, caso en el cual se vuelven pasivos exigibles.
3.3.8 Costo fiscal de los proyectos de acuerdo sancionados en la vigencia fiscal anterior
Busca determinar el impacto de las normas locales y presentar a la corporación de elección popular los resultados de los Acuerdos aprobados en la vigencia anterior, que generaron costos, cuantificando el efecto de los mismos, incluyendo el gasto presupuestal que dichas decisiones generaron en la vigencia fiscal. De esta manera se garantiza la corresponsabilidad
Gobierno Territorial - Concejo, en la búsqueda de la sostenibilidad fiscal y financiera del municipio en el largo plazo. En particular este apartado debe informar acerca de:
• Valoración monetaria del acto administrativo.
• Beneficiarios.
• Fuentes de recursos.
• Recaudo no percibido por efectos de la reforma.
• Cronograma.
ACUERDO FECHA EPÍGRAFE ARTICULO QUE TIPO COSTO MONTO OBSERV.
GENERA COSTO FISCAL (Cif. en millones)
FISCAL 001 XXX Por el cual se conceden unas facultades especiales
ND NINGUNO 0,00 N.D.
3.3.9 I ndicadores de seguimiento a la gestión presupuestal y de resultado de los objetivos, planes y programas desagregados para mayor control del presupuesto
La ley define que es necesario incluir indicadores de seguimiento a la gestión presupuestal. El DNP recomienda usar los del Desempeño Fiscal y los que utiliza el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para realizar el seguimiento a la viabilidad fiscal de los departamentos y de los municipios que se encuentren en programas de reestructuración de pasivos y programas de saneamiento fiscal y financiero. Para ilustrar la formulación de los indicadores de desempeño fiscal se presenta el siguiente resumen:

Se sugiere incluir estos indicadores en el Plan de Desarrollo, en términos de diagnóstico y de metas. Así mismo, se recomienda definir estrategias claras para alcanzar indicadores sostenibles.
NOMBRE FÓRMULA SIGNIFICADO DEL INDICADOR DEL INDICADOR DEL INDICADOR
Capacidad de autofinanciamiento del funcionamiento
Respaldo de la deuda
Dependencia de las transferencias

Importancia de los recursos propios
Magnitud de la inversión
Capacidad de ahorro
(Gastos de funcionamiento / ingresos corrientes de libre destinación) *100
(Saldo de la deuda total / ingresos totales)*100

(Transferencias del SGP recibidas / ingresos totales)*100
(Ingresos tributarios /
ingresos totales)*100
(Inversión total / gastos
totales) *100
(Ahorro corriente /
ingreso corriente)*100
Mide la capacidad de la entidad territorial para cubrir el gasto de funcionamiento de la administración central con sus rentas de libre destinación, de acuerdo con los límites de gasto
señalados en la Ley 617 de 2000

Mide la capacidad de la entidad territorial para respaldar su endeudamiento con los ingresos
que recibe. Mide si las transferencias nacionales son o no los recursos fundamentales para financiar el desarrollo territorial, se excluyen las regalías y la cofinanciación.
Es una medida de esfuerzo fiscal que hacen las administraciones para financiar su desarrollo con recursos propios.
Cuantifica la magnitud de inversión que ejecuta la entidad territorial en relación con el gasto total.
Mide el balance de los ingresos corrientes y de los gastos corrientes y es un indicador de solvencia financiera. Determina el grado con el cual se generan excedentes para financiar inversión, luego de cubrir el funcionamiento, el pago de intereses de la deuda y las erogaciones de las reestructuraciones del funcionamiento, pasivos y créditos.
[24] El proceso de elaboración se detalla en las diferentes guías y cartillas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el DNP, en particular en el documento: “Guía metodológica para la elaboración del marco fiscal de mediano plazo en entidades territoriales” disponible en la página Web del Ministerio de Hacienda en la sección de Publicaciones Territoriales:
www.minhacienda.gov.co y el documento ‘Bases para la gestión del sistema presupuestal local’ disponible en la sección Guías, metodologías, publicaciones de finanzas y presupuesto territorial en la página Web del DNP: http://www.dnp.gov.co/.
El marco fiscal de mediano plazo, entonces, le brinda al equipo de Gobierno un panorama general y detallado acerca de la situación de las finanzas de la entidad abarcando un análisis detallado de la estructura de los gastos de la entidad y los ingresos para atender los pasivos y las contingencias que puedan enfrentarse en el mediano plazo y la sostenibilidad de la deuda
pública entre los aspectos más relevantes.
3.4 ¿Cómo se elabora el MFMP?
[26] Es un instrumento que complementa el Plan de Desarrollo, en la medida que en él las metas no sólo se desagregan, con sus respectivos recursos, para cada una de las vigencias, sino que se ponderan de acuerdo con los criterios definidos por la Administración, lo cual facilita su posterior evaluación.
Adicionalmente, contribuye a aclarar y concretar aquellas metas que no quedaron lo suficientemente medibles; sin embargo, es importante recordar que por medio de este instrumento no se pueden incluir o eliminar programas, subprogramas o metas del Plan de Desarrollo.
Cualquier modificación que la Administración quiera realizar debe hacerse a través de Acuerdo. Gráficamente
4. Plan Indicativo
4.1 ¿Cuál es la contribución del Plan indicativo al Proceso de gestión pública?
Plan Indicativo (Cuatro años)
Ejemplo
Para definir cuántos de los 1.350 nuevos cupos escolares se van a crear en cada vigencia y cuántos de los 680 pupitres se comprarán anualmente en el municipio Guaciri, la Secretaría de Educación estimó los costos, y la Secretaría de Hacienda, junto con la Secretaría de Planeación y la Secretaría Sectorial hicieron una proyección de recursos con base en el presupuesto de la vigencia y el Plan Financiero del Marco Fiscal de Mediano Plazo. Del ejercicio de armonización de estos dos insumos se estableció que:
• Durante el primer año sólo era posible comprar 80 pupitres, dados los compromisos adquiridos por la Administración anterior.

• A partir del segundo año se comprarán 200 pupitres anuales.
• Durante el segundo año se podían realizar los estudios de prefactibilidad para la construcción de las escuelas y en el tercero y cuarto años se construirían para 15 y 15 aulas, respectivamente
Adicionalmente, la Secretaría de Educación estableció, soportada en sus conocimientos del sector, en qué porcentaje cada uno de los subprogramas contribuía con el cumplimiento de los programas. Lo propio se hizo en Consejo de Gobierno frente a los programas y ejes.
Código -Dimensión-Código- Programa- Código-Meta de resultado cuatrienio
Código Subprograma
Código Meta de Producto
Código Indicador Recursos por Fuente de financiamiento para cada vigencia
Nombre
Valor 31 de Diciembre2007
Valor 31 de Diciembre 2008
Valor 31 de Diciembre 2009
Valor 31 de Diciembre 2010
Valor 31 de Diciembre 2011
Año 1 Año N Total
% SGP ICLD Otros Total .. .. .. .. SGP ICLD Otros Total
1Social 1.1 “Más niños y iñas dentro del sistema educativo”
1.1.1 70 % de cobertura bruta
1.1.1.1 Más colegios al servicio de nuestros niños
1 Construir 30 aulas educativas en las veredas del Municipio
1Número de aulas construidas 50 50 50 65 80 80
Mejoramiento de la infraestructura escolar
2 Comprar 680 pupitres para los colegios de la cabecera 2Número de pupitres comprados
5000 5080 5280 5480 20 5680
2Económico 25
3Ambiental 20
4Institucional 10
En términos normativos con respecto a los Planes Indicativos, el artículo de la Ley 152 de 1994 establece que todos los organismos de la administración pública nacional, con base en los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y de las funciones que determine la Ley, deben elaborar un Plan Indicativo Cuatrienal, con planes de acción anuales, que se constituirán en la base para la posterior evaluación de resultados.
Por analogía, tal como se establece en el Artículo 36 de la misma Ley, las entidades territoriales también deben elaborar sus respectivos planes indicativos cuatrienales.
El PI es un instrumento que resume y organiza por anualidades los compromisos asumidos por los gobernantes en los respectivos planes de desarrollo. En él se precisan los resultados y productos que se esperan alcanzar en cada vigencia y al terminar el período de gobierno.
El PI permite soportar el ejercicio de seguimiento y autoevaluación de los planes de desarrollo territoriales y ayuda a adelantar el proceso de medición y análisis del desempeño municipal por parte de los gobiernos Departamental y Nacional en cumplimiento del Artículo 79 de la Ley 617 de 2000 y el Artículo 90 de la Ley 715 de 2001, y el capítulo VII de la Ley 152 de 1994.
Aunque la ley no define el contenido básico del Plan Indicativo, se sugiere que se contemplen los siguientes aspectos:
4.2 ¿Qué es y para qué sirve el Plan Indicativo, PI?
A continuación se presentan algunos conceptos importantes que deben tenerse en cuenta en el momento de la elaboración operativa del plan indicativo:
4.3 ¿Cuál es el contenido del PI?
1 Dimensión (Descripción de cada nivel del Plan de Desarrollo)
Ponderador de cada uno de los niveles de Plan de Desarrollo
Metas de resultado
Valor inicial del indicador de resultado (Al iniciar la Administración)
Valor esperado del indicador de resultado al finalizar el cuatrienio
Metas de producto
Indicador de producto
Valor inicial del indicador de producto (Al iniciar la Administración)
Valor esperado del indicador de producto al finalizar el cuatrienio
Valor esperado del indicador de producto para cada vigencia
Recursos programados por vigencia 6789
4.3.1 Niveles del Plan de Desarrollo
Son las dimensiones, programas y subprogramas, en el caso del ejemplo de esta guía. En cada entidad territorial, estas celdas corresponden a la estructura definida en el respectivo Plan de Desarrollo.
4.3.2 Ponderadores (%)
Son el peso que se le asigna a cada uno de los niveles del Plan de Desarrollo, de acuerdo con los criterios que determine la Administración. A continuación se presentan algunos de ellos:
• Asignación de recursos financieros
• Programa bandera de amplio interés para el gobernante
• Efecto en redistribución del ingreso
• Impacto en mejoramiento de las condiciones de vida
• Complejidad técnica y administrativa
• Aporte en sostenibilidad económica del municipio
• Contribución en la preservación de los recursos naturales
• Impacto en mejoramiento de competitividad
Estos ponderadores se fijan por nivel de desagregación del Plan y se expresan en términos de porcentajes. Su suma es igual al 100% en cada nivel (ver esquema).
Se recomienda que una vez fijados, en lo posible no se modifiquen. En caso de que existan razones de peso que ameriten su ajuste, se sugiere concertar con el equipo de gobierno y darlos a conocer a la ciudadanía y al nivel superior de Gobierno.
Estos ponderadores, mediante el mecanismo de agregación, determinarán el grado de cumplimiento o avance del Plan de Desarrollo.
4.3.3 Metas
Son la expresión concreta de los objetivos que se alcanzarán con los recursos disponibles, en términos de cantidad y tiempo. Existen diferentes tipos de metas; sin embargo, en este documento sólo se hace mención de las de resultado (responden directamente a la cuantificación del objetivo específico o sectorial) y las de producto (responden a la cuantificación de los objetivos programáticos).
Las metas se constituyen en un insumo para medir la eficacia en el cumplimiento de programas y subprogramas y, por ende, para establecer el estado de avance en los compromisos del Plan2. Para su planteamiento se requiere conocer la situación actual, la cual servirá de línea de base para evaluar el cambio o modificación lograda.
Como se mencionó anteriormente, en caso de que hayan quedado 2 Metodología para la medición y análisis del desempeño municipal, elaborada por el DNP. Debilidades en la formulación de algunas de las metas, se recomienda que los responsables sectoriales las definan con mayor claridad, para así incluirlas en el plan indicativo y garantizar su evaluación.
4.3.4 Indicadores
Son una representación cuantitativa (variable o relación entre variables), verificable objetivamente, que refleja la situación de un aspecto de la realidad y el estado de cumplimiento de un objetivo, actividad o producto deseado en un momento del tiempo. Los cambios en el valor que toma el indicador, a lo largo del tiempo, servirán para estimar el avance hacia el logro de los objetivos y las metas de políticas, los programas y los proyectos.
Los indicadores deben tener las siguientes propiedades:
• Medibles. Expresan un valor cuantificable o cualificable.
• Disponibles. Para medirlos es necesario contar con la información.
• Determinantes. Expresan mejor y más adecuadamente el avance del programa, subprograma o proyecto.
• Válidos. Reflejan lo que se pretende medir.
• Precisos. Están definidos de manera clara y sin ambigüedades.
• Confiables. Producen el mismo resultado dos mediciones del indicador para la misma política.
• Fáciles de cuantificar, agregar y desagregar.
• Sencillos, de fácil manejo e interpretación.
• Asequibles. El costo de la información que se requiere para construirlo no debe ser alto.
Dado que los indicadores establecen un punto de referencia, es necesario identificar un valor de línea de base al inicio del período de gobierno y establecer aquel que se espera lograr (meta) en un tiempo limitado con la ejecución de las acciones y proyectos que adelante la Administración municipal en cumplimiento del plan de desarrollo. Por ejemplo, la línea de base en el tema educativo es que la cobertura bruta es de 51,5% y se espera alcanzar una meta de 70%.
4.3.5 Recursos
Corresponden a los recursos y fuentes del plan de inversiones; es decir, aquellos recursos con los cuales se va a financiar el Plan de Desarrollo.
4.3.6 Responsables
Hace alusión a la dependencia que se encargará del cumplimiento de la respectiva meta de producto. Aunque la Ley no establece el procedimiento para elaborar el Plan Indicativo, se sugiere considerar las siguientes actividades:
Actividad 1: Reactivación de Comités Operativos Sectoriales
Se recomienda que la Administración convoque a los comités o equipos técnicos sectoriales, que se conformaron con ocasión de la elaboración del Plan de Desarrollo, quienes serán los interlocutores de cada dependencia no sólo en el proceso de elaboración del plan indicativo, sino también para su seguimiento y evaluación. Es importante que los mandatarios designen oficialmente a los funcionarios responsables.
Activida 2: Establecimiento de direccionamientos para la formulación del Plan Indicativo
La Oficina de Planeación, o quien haga sus veces, debe definir unas orientaciones metodológicas para que los equipos técnicos participen de manera activa y coordinada en el proceso de elaboración del plan indicativo.
En este sentido, se sugiere que esta guía (paso a paso) incluya no sólo los elementos conceptuales, sino también metodológicos y operativos.
Actividad 3: Formulación del Plan Indicativo, según direccionamientos Los comités sectoriales, con la coordinación de la Oficina de Planeación, o quien haga sus veces, elaborarán el plan indicativo de acuerdo con las instrucciones impartidas. Se recomienda que esta actividad se realice de manera simultánea con la formulación del Plan de Desarrollo.
Actividad 4: Consolidación del Plan Indicativo
La Oficina de Planeación, o quien haga sus veces, consolidará el Plan Indicativo de la entidad territorial.
Actividad 5: Presentación del Plan Indicativo al Consejo de Gobierno
Con el fin de institucionalizar el plan indicativo como instrumento para la toma de decisiones, se sugiere que éste sea aprobado en Consejo de Gobierno.
Actividad 6: Revisión y ajustes del Plan Indicativo
De acuerdo con las recomendaciones emitidas por el Consejo de Gobierno, la Oficina de Planeación, o quien haga sus veces, junto con los comités sectoriales realizarán los ajustes del Plan Indicativo.
Actividad 7: Seguimiento y evaluación del Plan Indicativo
4.4 ¿Cómo se elabora e PI?

4.5 Cronograma
Actividades
Actores Involucrados
Términos Productos
Gobernante
Consejo de Gobierno
Secretaria de Planeación
Secretaría de Hacienda
Secretarias sectoriales
Conformación de comites operativos sectoriales
Se recomienda que estas actividades se realicen
cuando se hayan definido las dimensiones del PD
Comites conformados
Establecimiento de Direccionamientos para la formulación del plan indicativo
Documento con direccionamientos
Formulación del Plan indicativo según direccionamientos
Se recomienda que estas actividades se realicen entre Marzo y Mayo de 2008
Borrador planes
indicativos sectoriales
Consolidacion del PI Borrador plan indicativo
Presentación del PI al Consejo de Gobierno Se recomienda que estas actividades se realicen entre Mayo y Junio de de 2008
Acta de Aprobación PI
Revisión y ajuste del PI Plan indicativo definitivo
Seguimiento y evaluación del PI Permanente una vez aprobado
Informes de seguimiento y evaluación
El POAI es el principal vínculo entre el Plan de Desarrollo y el Sistema Presupuestal, toda vez que se constituye en el punto de partida para organizar la ejecución del Plan de Desarrollo, en la medida que es el instrumento de programación de la inversión anual, en el cual se relacionan los proyectos de inversión clasificados por sectores, programas y metas de productos a las que va a contribuir con su ejecución durante la vigencia fiscal.
En tal sentido, se requiere que esta programación al ser integrada al presupuesto anual en el componente de gastos de inversión, tenga estrecha correspondencia, en dos sentidos a saber: de una parte, con las metas financieras señaladas en el Plan Financiero del Marco Fiscal de Mediano Plazo, y de otra, con las prioridades definidas en el Plan de Desarrollo, conforme a la distribución anualizada de las metas de producto contenidas en el plan indicativo por cada una de las vigencias del período de gobierno.
Asegurar dicha “articulación y correspondencia, tanto en la parte de Plan Operativo Anual de Inversiones
5.1¿Cuál es la contribución del Plan Operativo Anual de Inversiones al proceso de gestión pública?
Programación, como en la ejecución”, es la clave no sólo para lograr por parte de los gobiernos territoriales un sistema de inversión pública eficaz, sino para contribuir efectivamente al mejoramiento de las condiciones de bienestar de las comunidades.
Institucionalmente el POAI, una vez incluido en el presupuesto aprobado, se constituye en la base de la actuación de las diferentes dependencias de las administraciones de las respectivas entidades territoriales. De igual manera, es el instrumento soporte para el seguimiento, la evaluación y la autoevaluación, toda vez que permite observar el cumplimiento de las metas de producto del Plan de Desarrollo en su programación anual, de modo que se tomen los correctivos a que haya lugar, en el transcurso de la vigencia.
Ejemplo
Tal como se mencionó al momento de anualizar las metas en el PI, el municipio Guaciri programó recursos para que en la primera vigencia se iniciara la ejecución del Subprograma ‘Mejoramiento de la infraestructura escolar’.
Soportado en este compromiso, durante la formulación del POAI se revisaron los proyectos viabilizados e inscritos en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión, y se encontró que los siguientes se ajustaban a las necesidades plasmadas en el Plan de Desarrollo:
• Dotación de pupitres en las veredas de San Jacinto y La Instancia • Dotación de escuelas en la vereda El Pintón
Es importante anotar que la Administración decidió financiar los dos proyectos, debido a que en una de las veredas los problemas de accesibilidad hacían que resultara más económico contratar dicha dotación con fabricantes oriundos de la vereda.
En consonancia con lo anterior, el POAI incluyó el Programa ‘Más niños y niñas dentro del sistema educativo’; el Subprograma ‘Mejoramiento de la infraestructura escolar’; el objetivo programático ‘Dotar de pupitres los colegios del municipio para beneficiar a niños y niñas Sisbén 1 y 2’; la meta del producto para el cuatrienio
‘Comprar 680 pupitres’, con su respectivo indicador (Número de pupitres comprados), línea de base (5.000 pupitres) y el valor esperado al finalizar la vigencia (5.080); los proyectos ‘Dotación de pupitres en la vereda de San Jacinto’ y ‘Dotación de pupitres en la vereda La Instancia’, con sus respectivas metas (dotar con 40 pupitres a cada una de estas veredas) considerando que las dos tenían una deficiencia de 5 pupitres por aula. Así mismo, se incluyeron los recursos de inversión desagregados por fuentes de financiamiento y el nombre de la dependencia responsable de la ejecución de cada uno de los proyectos.
[36] Teniendo en cuenta los anteriores elementos, se sugiere la siguiente estructura de POAI, la cual podrá estar acompañada por un documento que presente el análisis de la participación de cada fuente de financiación en la meta global de inversión prevista y su comportamiento, la distribución de los recursos de inversión entre sectores, programas y subprogramas, la responsabilidad que tendrá cada dependencia en la ejecución de los recursos de inversión, de acuerdo con el monto asignado a los proyectos de su competencia, y los demás elementos que consideren oportunos y necesarios la Administración municipal para realizar la sustentación del
presupuesto de inversión y surtir el trámite ante el Consejo de Política Económica y Social Territorial o Consejo de Gobierno y la Corporación Política.
Código Dimensión Sectores de Inversión Código Programas Código Subprogramas
Código Objetivos Programáticos Metas de producto para el cuatrienio - Indicador
Código Proyectos de Inversión - Código -Metas - Indicador Fuentes de Financiación
Total
Apropiación - Dependencia - Nombre Línea de base responsable
Valor esperado al finalizar la vigencia
Nombre Línea de base- Valor programado SGP ICLD Regalías etc.
vigencia
1 Social
Educación 1 “Más niños y niñas dentro del sistema educativo”
1 Mejoramiento de la infraestructura escolar
2 Dotar de pupitres los colegios del municipio para beneficiar niños y niñas Sisbén 1 y 2
Comprar 680 pupitres Número de Pupitres comprados 5000 5080 2 Dotación de pupitres en la vereda de San Jacinto
1 40 pupitres comprados Número de pupitres comprados 0 40 $900,000 $900,000 Secretaría de
Educación Dotación de escuelas en la vereda El Pintón 2 40 pupitres comprados
Número de pupitres comprados 0 40 $900,000 $900,000 Secretaría de Educación
1 Salud y protección social

2 Deporte, recreación y aprovechamiento del tiempo libre

3 Cultura Ambiental

4 Agua potable y saneamiento básico -

5 Otros servicios públicos
domiciliarios 6
Vivienda 7
Bienestar social 8
Medio ambiente 9
Gestión del riesgo –
prevención y atención de
desastres 10
Económico Desarrollo vial y transporte 11
Desarrollo económico y turístico 12
Desarrollo agropecuario 13
Desarrollo comunitario y participación ciudadana 14
4 Seguridad Justicia, seguridad y convivencia ciudadana 15
Equipamiento municipal y centros de reclusión 16
5 Institucional Fortalecimiento institucional 17
TOTAL

Es un instrumento de la gestión pública, el cual junto con el plan financiero y el presupuesto anual de rentas y gastos, constituyen el Sistema Presupuestal. De acuerdo con el Artículo 8 del Decreto 111 de 1996, el POAI tiene como objeto determinar los proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos (dependencias de la Administración) y programas, que la Administración territorial ejecutará en una vigencia fiscal determinada.
De esta manera, en el Plan Operativo Anual de Inversiones deben programarse los recursos que la Administración territorial, de acuerdo con el Plan Financiero del Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP), espera destinar y ejecutar en inversión para una vigencia fiscal determinada, precisando las diferentes fuentes de financiación (Sistema General de Participaciones –SGP–, Regalías y Compensaciones, Ingresos Corrientes de Libre Destinación, entre otros) y verificando la destinación específica que tienen los recursos asignados a la entidad territorial para cada uno de los componentes del Sistema General de Participaciones. Lo anterior, dado
que el Artículo 89 de la Ley 715 de 2001 establece que los departamentos, distritos y municipios al momento de elaborar el Plan Operativo Anual de Inversiones y el Presupuesto deben programar los recursos recibidos del Sistema General de Participaciones, cumpliendo con la destinación específica establecida para ellos y articulándolos con las estrategias, los objetivos y las metas del Plan de Desarrollo. Adicionalmente, la norma define que en el Plan Operativo Anual de Inversiones y en el Presupuesto deben incluirse indicadores de resultados que midan el impacto de las inversiones realizadas con los recursos del SGP.
5.2 ¿Qué es y para qué sirve el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI)?
Gráficamente Con base en lo anterior, las ventajas de elaborar el POAI son las siguientes:
• Permite adaptar el Plan Plurianual de Inversiones a las condiciones y características propias de cada vigencia fiscal, articulándolo con los objetivos estratégicos, específicos y programáticos de la Parte Estratégica del Plan de Desarrollo Territorial.
• Promueve la eficacia y transparencia en el uso de los recursos públicos. El POAI es el principal insumo para elaborar el Presupuesto de Gastos de Inversión y dado que contiene únicamente los proyectos de inversión registrados en el Banco, garantiza que los recursos se destinen a satisfacer las necesidades de la comunidad, a través de proyectos viables, elegibles y prioritarios.

• Promueve la eficacia en el cumplimiento del objeto misional de cada dependencia de la Administración, ya que una vez es aprobado el Presupuesto de Rentas y Gastos, el Plan Operativo Anual de Inversiones es el insumo principal para que cada dependencia elabore su respectivo Plan de Acción y oriente estratégicamente sus procesos, instrumentos y recursos disponibles hacia el logro de los objetivos, metas y proyectos de su competencia.
• Facilita el seguimiento físico y financiero de los proyectos de inversión registrados en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Municipal.
• Permite hacer seguimiento anual al cumplimiento de los objetivos estratégicos, específicos y programáticos, así como a las metas de resultado y de producto del Plan de Desarrollo Territorial, adoptando correctivos en el transcurso de la vigencia fiscal, cuando sea oportuno,
para garantizar que los proyectos programados y ejecutados se orienten al cumplimiento del Plan de Desarrollo.
• Permite programar la inversión que la administración se propone realizar en una vigencia fiscal, teniendo en cuenta los siguientes elementos:
- Los nuevos proyectos de inversión que se ejecutarán en la vigencia fiscal, así como aquellos que deben incorporarse, dado que están amparados en vigencias futuras o que requieren continuidad.
- El aporte de cada proyecto de inversión, medido a través de indicadores, al cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Desarrollo Territorial.
- Los recursos disponibles para inversión de acuerdo con el Plan Financiero del Marco Fiscal de Mediano Plazo, desagregados por fuentes de financiación, identificando aquellos que tienen destinación específica para inversión.
- Los proyectos de inversión clasificados y organizados según la estructura del Plan de Desarrollo Municipal, identificando la dependencia responsable de cada uno y la respectiva fuente de financiación.
1 Parte estratégica - Proyectos de inversión registrados - Apropiación - Dependencia responsable
5.3¿Cuál es el contenido del POAI?

El Plan Operativo Anual de Inversiones debe tener los siguientes contenidos:
A continuación se ilustra, brevemente, el desarrollo de cada uno de los capítulos que debe contener el POAI.
5.3.1 Parte estratégica
La parte estratégica del POAI debe elaborarse teniendo en cuenta la estructura del Plan Indicativo, del Plan de Desarrollo Territorial, identificando los objetivos y las metas que la Administración estableció para la respectiva vigencia fiscal. Esto es importante, ya que frente a un panorama de recursos insuficientes, la elegibilidad de un proyecto dependerá del aporte que haga al cumplimiento de las metas establecidas.
Parte estratégica del Plan Operativo Anual de Inversiones

5.3.2 Proyectos de inversión
Los proyectos de inversión que se incorporen al POAI deben ser aquellos registrados en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Territorial programados para la vigencia fiscal. Mediante este mecanismo se garantiza el cumplimiento del Artículo 68 del Decreto 111 de 1996, que establece que no podrá ejecutarse ningún programa o proyecto que forme parte del
Presupuesto hasta que se encuentre evaluado por el órgano competente y registrado en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión.
Son proyectos registrados aquellos que han sido considerados como viables por la dependencia competente y que, por tanto, pueden ser ejecutados con Sectores de Inversión
Programas de Inversión Subprogramas Objetivos sectoriales Metas de resultado objetivos programados Metas de Producto - Indicadores - -Descripción - - Línea de base - - Valor programado para la vigencia
Proyectos de inversión registrados en el Banco recursos del presupuesto municipal. El registro de los proyectos se realiza por la dependencia sectorial en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Municipal e implica los pasos previos de radicación y calificación de viabilidad3.
Es posible que durante la formulación del Plan de Desarrollo se contemplen proyectos de inversión que aún no se encuentran registrados en el BPIM, para que su ejecución sea posible, deben ser formulados de acuerdo con la metodología existente y registrados y viabilizados en el Banco de proyectos según los procedimientos establecidos para tal fin.
La radicación es el procedimiento por el cual el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Territorial deja constancia de la recepción de un proyecto con la documentación requerida. Entre tanto, la calificación de viabilidad consiste en la posibilidad que tiene el proyecto de inversión para ser ejecutado y operado, de manera que cumpla con su objetivo. El estudio de viabilidad toma en cuenta los principios de eficiencia, calidad y pertinencia e incorpora aspectos técnicos, socioeconómicos, ambientales e institucionales. Además de su viabilidad, los proyectos deben ser elegibles y prioritarios.
La elegibilidad se refiere a la potencialidad o capacidad de un proyecto para optar a ser financiado con recursos del presupuesto general del municipio. Un proyecto de inversión es elegible si es viable y si se formula en el marco de las funciones, condiciones, requisitos, objetivos y criterios de la fuente de recursos utilizada para su financiación. Los criterios más comunes para determinar la elegibilidad son la pertinencia de un proyecto en el marco de los programas, subprogramas, objetivos y metas establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal, la sostenibilidad y la financiación, en el sentido de comprender objetos que pueden financiarse con la fuente de recursos identificada.
Por su parte, la priorización consiste en ordenar, de acuerdo con unos criterios previamente definidos, un conjunto de proyectos viables y elegibles. Generalmente para priorizar los proyectos se tienen en cuenta criterios de equidad, cobertura, contribución del proyecto al desarrollo local y a la competitividad, aporte a la solución de las necesidades más apremiantes de la comunidad, aprovechamiento de potencialidades, entre otros.
En consecuencia, mediante el análisis de elegibilidad y priorización, la Administración municipal debe garantizar que los proyectos no sólo sean técnicamente factibles y económica y socialmente rentables, sino que, además, mediante su ejecución se logren los objetivos estratégicos, específicos y programáticos y las metas de resultado y de producto establecidas en el Plan Indicativo y, por ende, en el Plan de Desarrollo


Este y los siguientes párrafos se elaboran con base en: DNP. Ayudas para la conformación y puesta en marcha de Bancos de Programas y Proyectos Territoriales. Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas. Grupo Asesor de la Gestión de Programas y Proyectos de Inversión Pública. 2005.
Territorial. Mediante dicho análisis la Administración debe verificar la legalidad de la fuente de recursos que se propone utilizar para financiar cada proyecto y así evitar que los recursos con destinación específica sectorial se destinen a propósitos diferentes de los fijados por la Constitución Política y la Ley.
De acuerdo con lo anterior, el POAI debe elaborarse con los proyectos registrados en el Banco, con el fin de asegurar que los recursos se destinen a acrecentar la capacidad de producción y productividad en el campo de la estructura física, económica y social. Acorde con el análisis de elegibilidad y viabilidad, cada proyecto debe enmarcarse en un sector, programa y subprograma e identificar para cada caso los objetivos y las metas de producto que mediante su ejecución se lograrán. Lo anterior es necesario, ya que en la fase de evaluación y seguimiento se verificará la contribución que hizo la ejecución de cada proyecto al cumplimiento de los objetivos y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo.
Adicionalmente, para cada proyecto deben establecerse metas e indicadores, con su respectiva descripción, línea de base y valor esperado, los cuales permitirán que la Secretaría de Planeación, o la dependencia que haga sus veces, realice el seguimiento físico y financiero y evalúe la contribución de cada proyecto al cumplimiento del Plan de Desarrollo Territorial. Dependiendo de la metodología que utilice la entidad territorial para identificar, preparar y evaluar los proyectos de inversión, dichas metas e indicadores puede diseñarse con base en la información que tenga la ficha de Estadísticas Básicas de Inversión (EBI).
Proyectos de Inversión Registrados en el BPPIM
5.3.3 Apropiación
Para cada proyecto se debe identificar, con base en la información del Banco de Programas y Proyectos de Inversión Territorial, los recursos que se requieren para su ejecución, de acuerdo con el estudio de costos realizado. El total de los recursos que se prevé ejecutar en el conjunto de los proyectos seleccionados debe ser acorde con las metas de inversión definidas en el Plan Financiero del Marco Fiscal de Mediano Plazo, desagregadas por fuentes de financiación y con los recursos programados en el Plan Plurianual de Inversiones para cada sector, programa y subprograma, en la vigencia correspondiente. Posteriormente, Plan Operativo Anual de Inversiones Proyectos viables
Metas - Indicadores - Proyectos de inversión resgitrados en el Banco - Descripción
Línea de Base Valor programado para la vigencia dependiendo de los recursos apropiados en el Acuerdo del presupuesto para cada proyecto, subprograma o programa, la Administración realizará los ajustes correspondientes, con objeto de que el valor total del POAI, así como el de cada fuente de financiación, coincida con el valor aprobado en el Presupuesto.


Es indispensable que la programación de los proyectos en el POAI se realice desagregando la apropiación de cada proyecto según las fuentes de financiación, para lo cual la Administración podrá utilizar la estructura del Formato Único Territorial (FUT).
1. SGP - Alimentación escolar.
2. SGP - Participación para educación.
• Prestación de Servicios.
• Calidad.
3. SGP - Participación para salud.
• Régimen subsidiado.
• Salud pública.
• Prestación de servicios a la población pobre no afiliada.
4. SGP - Participación para agua potable y saneamiento básico.
5. SGP - Participación de propósito general.
• Deporte y recreación.
• Cultura.
• Libre inversión.
6. SGP - Municipios ribereños.
7. SGP - Libre destinación.
8. Ingresos corrientes de libre destinación.
9. Ingresos corrientes con destinación específica (recursos propios).
10. Fosyga - Etesa.
11. Regalías y compensaciones.
12. Fondo Nacional de Regalías.
13. Aportes y cofinanciación nacional.
14. Aportes, transferencias y cofinanciación departamental.
15. Recursos del Crédito.
16. Otras fuentes diferentes de las registradas.
Fuente de financiación
Proyectos registrados en el Banco de Programas y Proyectos Apropiación
(Desagregada por fuentes de financiación)
5.3.4 Dependencia responsable
De conformidad con el principio de especialización, debe identificarse la dependencia responsable de cada proyecto, no sin antes revisar el objeto y las funciones de cada una de ellas, para asegurar que la distribución y la asignación de los proyectos se haga de acuerdo con las competencias que tiene cada entidad o dependencia.
Para elaborar el Plan Operativo Anual de Inversiones se sugiere que la Administración surta el siguiente procedimiento:

Actividad 1: Definición de la cuota global de inversión para la vigencia fiscal
Con base en el Plan Financiero del Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Plan Plurianual de Inversiones, las Secretarías de Hacienda y de Planeación, o quienes hagan sus veces, definen la cuota global de inversión para la vigencia fiscal, para la cual se está preparando el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI).
Dicha meta debe desagregarse por fuentes de financiación, identificando aquellas que tienen destinación específica, para lo cual se recomienda revisar las disposiciones legales, entre ellas la Ley 715 de 2001 y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan, ya que reglamenta
la composición, distribución y destinación de los recursos del Sistema General de Participaciones. Actividad 2: Sectorización de la cuota global de inversión La Secretaría de Planeación, o quien haga sus veces, distribuye la cuota global de inversión entre los sectores que forman parte del Plan de Desarrollo, cumpliendo con las destinaciones específicas que establecen las disposiciones legales. Para la sectorización de los recursos, se recomienda que las diferentes entidades y dependencias de la Administración, en coordinación con la Oficina de Planeación, conformen mesas de trabajo para revisar los objetivos estratégicos, específicos y programáticos definidos en el Plan de Desarrollo y en el Plan Indicativo, así como las metas de resultado y de producto programadas para la vigencia que está elaborando el Plan Operativo Anual de Inversiones, con objeto de que la asignación y la distribución de los recursos sean coherentes con la importancia de cada sector en el cumplimiento de la visión y misión del Plan de Desarrollo Municipal.
Aun cuando cada una de las dependencias debe ajustar sus proyectos de inversión y metas físicas a los techos presupuestales, se debe dar oportunidad de llevar a cabo mesas de discusión sobre la asignación de recursos, para que cada una de ellas justifique, en función de los proyectos de inversión y las metas por alcanzar previstas en el plan de desarrollo, la mayor o menor necesidad de recursos. Una vez culminadas las rondas de negociación y definidas las asignaciones presupuestales, cada sector debe proceder al ajuste de su programación financiera y de resultados. La información final debe ser enviada la Secretaría de Planeación, con el objetivo de dar paso a su consolidación y su
armonización con los demás instrumentos de planeación presupuestads.
5.4 ¿Cómo se elabora el POAI?
[44] Actividad 3: Conformación de la lista de proyectos registrados en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Municipal y de aquellos que se encuentran en ejecución La Secretaría de Planeación o la dependencia encargada de administrar el Banco de Programas y Proyectos de Inversión elabora la lista de proyectos de inversión registrados en el Banco y programados para ser ejecutados en la vigencia para la cual se está elaborando el Plan Operativo Anual de Inversiones. Adicionalmente, con base en el seguimiento físico y financiero que la Secretaría de Planeación realiza a la ejecución de la inversión, identifica aquellos proyectos que se encuentran en marcha, así como los que tienen garantizada su financiación con vigencias futuras.
Aquellos proyectos que no estén registrados deben formularse de acuerdo con la metodología definida por el Departamento Nacional de Planeación e inscribirse en el Banco para que sean susceptibles de financiación.
Actividad 4: Comunicación a Secretarías de Despachos, Departamentos
Administrativos y demás entidades de la administración municipal
La Secretaría de Planeación, o quien haga sus veces, antes del 20 de julio del año inmediatamente anterior a aquél para el cual se está preparando el POAI, comunica oficialmente a cada Secretaría de Despacho, Departamento Administrativo y demás entidades de la administración municipal, de acuerdo con sus competencias y funciones, la meta de inversión sectorial asignada y los proyectos registrados en el Banco de Programas y Proyectos
de Inversión, los proyectos que se encuentran con vigencias futuras y aquellos que se están ejecutando, para que cada una proceda a elaborar el anteproyecto de Plan Operativo Anual de Inversiones.
Actividad 5: Elaboración de anteproyecto de POAI
Cada una de las dependencias de la Administración, con base en la información y lineamientos suministrados por la Secretaría de Planeación, o quien haga sus veces, elabora antes del 30 de junio de cada año elanteproyecto del Plan Operativo Anual de Inversiones y lo remite a la Secretaría de Planeación para su consolidación. El anteproyecto debe contener los elementos descritos en el numeral 5.3 de este capítulo.

Actividad 6: Consolidación del POAI y presentación ante el Consejo de Política Económica y Social o Consejo de Gobierno
La Secretaría de Planeación, o quien haga sus veces, consolida el proyecto de Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) y garantiza que dicho proyecto cumpla como mínimo con los contenidos, estructura y criterios técnicos descritos en este capítulo.
La Secretaría de Planeación, o quien haga sus veces, convoca al Consejo Territorial de Política Económica y Social o al Consejo de Gobierno, con objeto de presentar, sustentar y aprobar el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI).

Actividad 7: Remisión del POAI aprobado a la Secretaría de Hacienda
Una vez es aprobado el Plan Operativo Anual de Inversiones por el Consejo Territorial de Política Económica y Social o el Consejo de Gobierno, la Secretaría de Planeación lo remite a la Secretaría de Hacienda, para que sea incorporado en el proyecto de presupuesto de gastos de inversión de la entidad territorial.
Dependiendo de las disposiciones del Estatuto Presupuestal de la entidad territorial, la Secretaría de Hacienda incorpora todos o algunos de los niveles (sector, programa, subprograma o proyecto) que contiene el Plan Operativo Anual de Inversiones al presupuesto de gastos de inversión.
De esta manera, en caso de que el Presupuesto sólo incluya la inversión hasta el nivel de subprogramas o programas, los proyectos que componen los subprogramas y éstos los programas (es decir, que contribuyen al cumplimiento de los mismos objetivos estratégicos, específicos o programáticos), deben incorporarse en el decreto de liquidación del Presupuesto.
Una vez aprobado el Presupuesto por la corporación política, la Secretaría de Planeación debe revisar el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) para adecuarlo a las modificaciones de inversión realizadas por el Acuerdo Municipal, mediante el cual se aprobó el Presupuesto.
5.5 Cronograma
Nota: Las fechas establecidas anteriormente pueden variar de acuerdo con los procedimientos
establecidos en el Estatuto de Presupuesto Territorial.
Actividades
Actores Involucrados
Términos Legales Productos Alcalde
Compes / Consejo de Gobierno
Secretaria de Planeación
Secretaría de Hacienda
Secretarias sectoriales
Concejo Municipal / Asamblea Deptal
Definición de la cuota global de inversión para la vigencia fiscal
Se recomienda que estas actividades se realicen antes del 20 de Julio de cada año.
No obstante, las fechas dependen de las disposiciones del Estatuto Presupuestal
Cuota global de inversión definida de acuerdo al Plan financiero
Sectorización de la cuota global de inversión
Cuota global de inversión
distribuida entre los sectores de inversión
Conformación de la lista de proyectos registrados en el banco de programas y proyectos de inversión municipal y de aquellos que se encuentran en ejecucion
Lista de proyectos registrados en el Banco y de aquellos que se encuentran en ejecución
Comunicación a Secretarias de despachos, departamentales administrativos y demas entidades de la administración municipal de la cuota de inversión sectorizada Oficio remisorio a las Secretarias sectoriales con la relación de proyectos y la cuota de inversión asignada
Elaboración de anteproyecto de Plan operativo Anual de Inversiones
Se recomienda elaborar esta actividad antes del 30 de Junio de cada año
Anteproyecto de Plan Operativo Anual de Inversiones elaborado por cada dependencia
Consolidacion del proyecto de Plan Operativo Anual de Inversiones y reentación y sustentación ante el Consejo de Política económica y Social o Consejo de Gobierno
Según fechas establecidas en el Estatuto de Presupuesto de la entidad territorial
Proyecto de plan operativo Anual de inversiones consolidado, sustentado y presentado al Compes Aprobación del Plan Operativo Anual de Inversiones
Plan Operativo Anua de Inversiones aprobado
Remisión del Plan Operativo anual de Inversiones aprobado a la Secretaria de Hacienda para incorporarlo al proyecto de presupuesto de gastos de inversión
Plan operativo Anual de Inversiones incorporado al proyecto de presupuesto de gastos de inversión
Presentación del Proyecto de presupuesto al Concejo Municipal / Asamblea Deptal
Proyecto de presupuesto presentado a la corporación pública
Aprobaci[on del presupuesto anual Presupuesto anual aprobado
Ajuste al Plan operativo Anual de Inversiones
Plan Operativo Anual de Inversiones ajustado de acuerdo al presupusto aprobado
] El Presupuesto permite a la entidad territorial poner en ejecución los programas, subprogramas y proyectos definidos en el Plan de Desarrollo Municipal.
6. El Presupuesto Anual
4Elaborado a partir de DDTS. DNP. Bases para la Gestión del Sistema Presupuestal Local. DNP. CAF. Caps. IV, V y VI.
6.1 ¿Cuál es la contribución del Presupuesto Anual al Proceso de gestión pública?
6.2 ¿Qué es y para qué sirve el Presupuesto Anual?
El Presupuesto es el último elemento del Sistema Presupuestal, el cual se entiende como el estimativo de los ingresos y la autorización máxima de gastos.
Frente al objeto y utilidad del Presupuesto, la Sentencia C–1065 de 2001, precisa que el presupuesto “se constituye en un mecanismo de racionalización de la actividad estatal, a través del cual se cumplen las unciones redistributivas en la sociedad, se hacen efectivas las políticas macroeconómicas, la planificación del desarrollo, y se hace una estimación anticipada de los ingresos y una autorización de los gastos públicos que han de efectuarse dentro del período fiscal respectivo”.


El presupuesto se compone de las siguientes partes:
El presupuesto de rentas y recursos de capital, el cual contiene la estimación de los ingresos corrientes, de las contribuciones parafiscales, de los recursos de capital, de los fondos especiales y de los ingresos de los establecimientos públicos del orden municipal.
El presupuesto de gastos o Acuerdo de apropiaciones, el cual se desagrega por secciones sector central de la administración, órganos de control (Concejo, Personaría o Contraloría y establecimientos públicos, o aquellos que cumplan las mismas condiciones jurídicas de dichos establecimientos) y por conceptos de gasto (gastos de funcionamiento, gastos de inversión y servicio de la deuda).
Las disposiciones generales, entendidas como las norma complementarias contenidas en el presupuesto para garantizar su correcta ejecución.
6.3.1 Presupuesto de rentas y recursos de capital (Caso municipal)
6.3 ¿Cuál es el contenido del Presupuesto Anual?
6.3.2 Presupuesto de gastos y acuerdo de apropiaciones (Caso municipal)
6.3.3 Disposiciones Generales
Son las normas tendientes a asegurar la correcta ejecución del presupuesto de la entidad territorial, las cuales rigen solamente durante el año fiscal para el cual se expiden.
Presupuesto de gastos y Acuerdo de Apropiaciones
Órganos de Control (Concejo Municipal, Personería y/o Contraloria)
Gastos de Personal
Gastos Generales
Gastos de Funcionamiento
Servicios personales asociados a la nomina
Servicios personales indirectos
Contribuciones inherentes a la nomina
Gastos de Personal
Adquisición de bienes
Adquisición de servicios
Otros gastos generales
Sector Central
Gastos Generales
Servicios personales asociados a la nómina
Servicios personales indirectos
Contribuciones inherentes a la nómina
Sueldos de personal de nómina
Horas extras y dias festivos
Primas legales
Indemnización por vacaciones
Prestaciones sociales extralegales
Pagos directos de cesantías parciales y/o definitivas
Honorarios
Jornales
Personal supernumerario
Servicios técnicos
Otros
Al sector público
Al sector privado
Aportes Parafiscales
Aportes para previsión social
Aportes para salud
Aportes para pensión
Aportes ARP
Aportes para cesantias
Aportes para previsión social
Aportes para salud
Aportes para pensión
Aportes ARP
Aportes para cesantias
SENA - ICBF - ESAP-

Institutos técnicos
Cajas de compensación
Adquisición de Bienes
Adquisición de servicios
Otros gastos generales
Compra de equipos
Materiales y suministros
Dotación de personal
Capacitación personal
Bienestar social e incentivos
Impresos y publicaciones
Seguros
Impuestos y multas
Arrendamientos
Mantenimiento de maquinaria de equipo
Servicios públicos
Viáticos y gastos de viaje
Gastos electorales
Gastos vinculación
de personal - Ley 909 de 2004
Energía
Comunicaciones
Acueducto, alcantarillado
Gas natural
Indemnización de personal
Sentencias y donaciones
Transferencias corrientes
Mesadas pensionales
Transferencias corrientes al sector público para funcionamiento de establecimientos públicos y entidades municipales
Establecimientos públicos
Otras entidades decentralizadas
Sobretasa ambiental - Corporaciones Autónomas Regionales
Fondo Nacional de Pensiones territoriales FONPET (Venta de activos)
Otras transferencias corrientes
Causado con anterioridad al 31 de Diciembre de 2000
Causado con posterioridad al 31 de Diciembre de 2000
Causado con posterioridad a la firma del acuerdo de reestructuración
Gastos de personal
Gastos generales
Transferencias
Pago déficit de funcionamiento
Reservas
presupuestales de funcionamiento
Otros gastos de funcionamiento
Gastos de Funcionamiento
Educación
Salud y protección social
Deporte, recreación y aprovechamiento del tiempo libre
Cultura
Agua potable y saneamiento básico
Otros servicios públicos domiciliarios
Vivienda
Bienestar social
Medio Ambiente
Gestión del riesgo - prevención y atención de desastres
Desarrollo vial y transporte
Desarrollo económico y turístico
Desarrollo agropecuario
Desarrollo comunitario y participación ciudadana
Equipamiento municipal y centros de reclusión
Fortalecimiento institucional
Servicio de la Deuda
Programas
Subprogramas
Proyectos de Inversión
El proceso de elaboración del presupuesto se sustenta legalmente en la aplicación del Estatuto Orgánico de Presupuesto (Decreto 111 de 1996). Lo anterior, sin perjuicio de las demás disposiciones presupuestales que establecen las normas de endeudamiento público territorial, de ajuste y responsabilidad fiscal, de distribución de competencias y de programación y ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) y de Regalías y Compensaciones.


El Gobernante, con el apoyo de sus Secretarios de despacho, en especial de Hacienda y Planeación, debe presentar al Concejo Municipal el proyecto de presupuesto para su aprobación. Los montos de ingresos del proyecto de presupuesto presentado por el Gobernante no pueden ser aumentados por el Concejo Municipal, sin el concepto previo y favorable de éste, expresado en forma escrita. Sin embargo, el Concejo Municipal puede eliminar o reducir las partidas de gastos propuestos por la Administración municipal, con excepción de las que se necesitan para el servicio de la deuda, las demás obligaciones contractuales del Gobierno territorial, la atención completa de los servicios ordinarios de la administración, las autorizadas en el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) y los programas y subprogramas del Plan de Desarrollo Territorial y del Plan Plurianual de Inversiones.
Como punto de partida para la elaboración del Presupuesto, la Administración debe considerar el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP), el Plan Plurianual de Inversiones y el Plan Operativo Anual de Inversiones, principal insumo para la elaboración del presupuesto de gastos de inversión.
Igualmente para su formulación, la dependencia encargada debe tener en cuenta que el presupuesto esta conformado por el presupuesto de gastos de funcionamiento, presupuesto de gastos de inversión y disposiciones generales. Para la elaboración del Presupuesto de gastos de funcionamiento de recomienda que la Administración prepare, entre otros, los siguientes elementos:
• El Plan de compras de bienes y servicios, a partir del cual se proyecte el gasto de los servicios generales, tanto del sector central de la Administración, como de los órganos de control (Concejo Municipal, Contraloría y Personería, según sea el caso).
• La proyección de los gastos de personal, tanto del sector central de la Administración, como de los órganos de control, consultado para el efecto el régimen prestacional y salarial de los empleados del sector público del nivel territorial y las Leyes 136 de 1994, 617 de 2000 y 1148 de 2007.
6.3.4 ¿Cómo se elabora el Presupuesto Anual?
Elaborado con base en capítulo VI. DDTS. DNP. Bases para la Gestión del Sistema Presupuestal Local. DNP. CAF.

El proceso de aprobación del Presupuesto se inicia cuando el Alcalde presenta el Proyecto de Acuerdo al Concejo Municipal en la fecha establecida en el Estatuto Municipal de Presupuesto, se recomienda adjuntar el POAI, con el fin de propender a una mayor racionalidad en el debate6.

A continuación el Proyecto debe discutirse en el primero y segundo debates en los términos y condiciones establecidos en el reglamento del Concejo Municipal.
De la discusión pueden generarse varios resultados:
i) El proyecto de Acuerdo no es aprobado por el Concejo Municipal antes de la fecha establecida en el Estatuto Territorial de Presupuesto, en cuyo caso el Alcalde adopta, mediante Decreto, el proyecto presentado.
ii) El proyecto de Acuerdo es aprobado, caso en el cual se remite al Alcalde para su sanción. El Gobernante puede sancionar el Acuerdo, en cuyo caso debe publicarlo en los 10 días siguientes y enviarlo a remisión del Gobernador, en los 5 días siguientes a la sanción. Sin embargo, el Alcalde puede no sancionar el Acuerdo, en cuyo caso podría objetarlo por inconveniencia o ilegalidad. Cuando es por inconveniencia, el Alcalde lo envía al Concejo Municipal, quien acepta o no las objeciones. Si las acepta, remite el Acuerdo al Alcalde para su sanción en un plazo no mayor a 8 días. En este caso el Alcalde lo sanciona, pero si no lo hace, el Concejo Municipal podrá sancionarlo.
Cuando el Alcalde objeta el Acuerdo por ilegal, éste lo debe enviar en los 5 días siguientes al Tribunal Administrativo, con la respectiva exposición de motivos. El Tribunal debe pronunciarse en los 20 días hábiles siguientes a su recibo. Mientras el Tribunal decide, rige el
proyecto de Presupuesto presentado oportunamente por el Alcalde.
El Tribunal puede pronunciarse así: si considera que las objeciones de legalidad tienen fundamento, el proyecto se archiva y continúa rigiendo el presupuesto del año anterior, de acuerdo con las normas.
Si el Tribunal considera que no tiene fundamento, remite el Acuerdo al Alcalde, quien debe sancionarlo en los 3 días siguientes a su comunicación.
El Presupuesto del municipio puede ser adoptado en forma excepcional, cuando se presenta alguno de los siguientes casos:
iii) Repetición del presupuesto del año anterior, que se realiza cuando el Alcalde no presenta oportunamente el Proyecto de Acuerdo

Gracias a que en el POAI se incorporan metas de resultado y de producto, los concejales van a analizar los efectos
que se espera tener con la designación del gasto en cada uno de los programas y proyectos de inversión de la Administración. En otras palabras, se podría enfocar el debate hacia la aprobación de un presupuesto orientado a resultados. al Concejo Municipal o, cuando el Tribunal Administrativo declara nulo el Acuerdo del presupuesto en su conjunto. En estos casos, el Presupuesto se adopta mediante decreto. Se entiende por Presupuesto del año anterior, aquel que fue sancionado por el Alcalde y liquidado para el año fiscal anterior, más los créditos adicionales y traslados de apropiaciones aprobados para el año fiscal anterior. Cuando se repite el Presupuesto es posible que los ingresos para el nuevo año fiscal no alcancen a cubrir los gastos, en cuyo caso el Alcalde podrá reducir, suprimir los gastos o refundir empleos, hasta la cuantía del cálculo de las rentas y recursos de capital del nuevo año fiscal.


En cuanto al presupuesto de inversión, se repite el monto total de dicho presupuesto, pero la administración municipal puede distribuir dicho monto, de acuerdo con el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) aprobado por el Consejo Municipal de Política Económica y Social (COMPES) o el Consejo de Gobierno.
iv) Adopción mediante decreto del proyecto de presupuesto presentado por el Alcalde, que se realiza cuando el Concejo Municipal no aprobó el proyecto de presupuesto en la fecha prevista. v) Adopción del Acuerdo de presupuesto sancionado por el Presidente del Concejo Municipal, que se realiza cuando el Concejo Municipal no acepta las objeciones realizadas por el Alcalde y lo remite a éste para su sanción, pero él se niega a sancionarlo.

En este caso debe sancionarlo el Presidente del Concejo Municipal.
Una vez el Proyecto de Presupuesto es aprobado, el Alcalde Municipal debe expedir el Decreto de Liquidación del Presupuesto para la respectiva vigencia, lo cual consiste básicamente en tomar el proyecto de presupuesto presentado por el Alcalde y realizarle las modificaciones que haya realizado el Concejo. Adicionalmente, en el Decreto de Liquidación debe incluirse el detalle de las apropiaciones de gastos que se ejecutarán en la vigencia. Al respecto, conviene recordar que el Artículo 67 del Decreto 111 de 1996, establece lo siguiente: “Articulo 67. Corresponde al Gobierno dictar el Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación.
En la preparación de este decreto el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección General de Presupuesto Nacional observará las siguientes pautas:
1) Tomará como base el proyecto de presupuesto presentado por el Gobierno a la consideración del Congreso.
2) Insertará todas las modificaciones que se le hayan hecho en el Congreso.
Este decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo (Ley 38/89, artículo 54, Ley 179/94, artículo 31)”.
A continuación se presenta un flujograma sobre el proceso general que debe seguirse para la elaboración del presupuesto municipal.
Proceso general de elaboración del Presupuesto Municipal

Inicio Fin
Bajo la dirección del Alcalde, la Secretaria de Hacienda elabora el marco fiscal de mediano plazo.
El marco fiscal de mediano plazo es aprobado por el Concejo municipal de política económica y social - COMPES o por el Concejo de Gobierno.
El plan financiero y las metas de super ávit primario del marco fiscal de mediano plazo son aprobadas por el Concejo municipal de política fiscal - CONFIS.
El marco fiscal de mediano plazo con el plan financiero y sus metas.
Bajo la dirección del Alcalde, la Secretaría de Planeación en coordinación con la de Hacienda y teniendo en cuenta los objetivos, programas, subprogramas, y metas del PD elaboran el Plan
Operativo Anual de Inversiones.
El Plan Operativo Anual de Inversiones es aprobado por el Concejo de Política Económica
y Social o por el Concejo de Gobierno.
Plan Operativo Anual de Inversiones del municipio.
El Plan Operativo Anual de Inversiones se remite a la Secretaría de Hacienda para que sea incorporado al Proyecto de Presupuesto.
Acuerdo autorizado los recursos adicionales.
El Alcalde expide el Decreto de liquidación del presupuesto.
Proyecto de acuerdo de recursos adicionales El Alcalde suspende por Decreto las partidas que pretendía financiar con los recursos adicionales.
El Alcalde podrá presentar un Proyecto de Acuerdo para incrementar las rentas.
El Concejo municipal aprueba el presupuesto anual del municipio. Ingresos menores que gastos
El Alcalde presenta el proyecto de Presupuesto definitivo al Concejo municipal.
El Alcalde presenta el anteproyecto a las comisiones económicas del Concejo municipal en la fecha definida en el Estatuto de Presupuesto.
Las secretarias de hacienda y de Planeación, bajo la dirección del Alcalde consolidan y preparan el Proyecto de Presupuesto.
Las secretarias de hacienda prepara las disposiciones generales del Proyecto de presupuesto.
SI NO SI NO
Fuente: DDTS. DNP. Bases para la Gestión del Sistema Presupuestal Local. DNP. CAF. p. 107.
El PA permite que cada dependencia de la Administración, de acuerdo con el presupuesto asignado, defina las estrategias que va a adelantar para ejecutarlo y garantizar el cumplimiento del POAI, y con él, el del Plan Indicativo y del Plan de Desarrollo.
Durante la formulación del PA es el momento en el cual se hacen visibles las acciones de articulación entre las diferentes dependencias, ya que existen proyectos en los cuales deben participar varias de ellas y, por tanto, es necesaria la coordinación.
7. Plan de Acción

7.1 ¿Cuál es la contribución del Plan de Acción al Proceso de gestión pública?
Ejemplo
Teniendo en cuenta que en el POAI se definió que se iban a ejecutar los siguientes proyectos:
• Dotación de pupitres en la vereda de San Jacinto
• Dotación de pupitres en la vereda La Instancia Y considerando, además, el presupuesto asignado al sector educativo, la Secretaría de Educación, o entidad responsable de estos proyectos, concretó las siguientes acciones para garantizar la efectiva ejecución:
• Elaboración de los términos de referencia (febrero) (Juan Pérez, profesional universitario, Secretaría de Educación)
• Revisión términos de referencia (marzo) (Luis Mora, Secretario de Educación)

• Convocatoria para participar en el proceso de selección (marzo) (Pedro
Ariza, Jefe Jurídico)
• Selección de contratista (marzo) (Pedro Ariza y Luis Mora)
• Interventoría del contrato


Nota: La Administración tiene claro que durante el año en el cual se construyan las aulas, tendrá que incluir en el Plan de Acción, como una de las acciones para adelantar, la coordinación con la Secretaría de Infraestructura, para garantizar que el colegio disponga de agua potable y baños para los niños. Para facilitar el posterior seguimiento del Plan de Desarrollo, se recomienda que al elaborar los términos de referencia de los contratos de ejecución de proyectos, se defina a qué meta(s) le está(n) apuntando, y en qué porcentaje. Así mismo, se sugiere numerar los contratos asociándolos con las metas definidas en el Plan Indicativo.

Dependencia- Código- Eje - % -Código - Programa- %- Código- Subprograma- %-Código

Meta de Producto - Código - Proyectos % Indicador Estrategias / Actividades
Indicadores Responsible - Fecha - terminación de la actividad - Recursos- Nombre
Valor 31 de Diciembre de 2007
Valor 31 de Diciembre de 2008
Rubro presupuestal
Fuente Monto
1 Social 45 1 “Más niños y niñas dentro del sistema educativo” 100

1 Mejoramiento de la infraestructura escolar 20

2 Comprar 200 pupitres para los colegios de las veredas 2 Dotación de pupitres en la vereda de
San Jacinto - 60 Número de pupitres comprados
0 30 Elaboración de los terminos de referencia
Estado de avance de los terminos de referencia - Juan Pérez, profesional universitario secretaria de educación - Febrero - Revisión terminos de referencia - Luis Mora, secretario de educación, Pedro Ariza, jefe jurídico

Marzo Convocatoria para participar en el proceso de selección
Pedro Ariza, jefe jurídico - Marzo Selección de contratista
Consultor contratado Luís Mora, Secretario de Educación, Pedro Ariza,
jefe juridico, Juan Pérez, profesional Universitario
Marzo Interventoría de contrato Juan Pérez, profesional universitario secretaria de educación Marzo - Diciembre


El sustento normativo de los PA se encuentra en la Ley 152 de 1994, la cual establece que “con base en los planes generales departamentales o municipales aprobados por el correspondiente Concejo, cada Secretaría y Departamento Administrativo preparará, con la coordinación de la Oficina de Planeación, su correspondiente plan de acción y lo someterá a la aprobación del respectivo
Consejo de Gobierno departamental, distrital o municipal. En el caso de los sectores financiados con transferencias nacionales, especialmente educación y salud, estos planes deberán ajustarse a las normas legales establecidas para dichas transferencias (…)”.
Este instrumento sirve para que cada dependencia oriente sus procesos, instrumentos y recursos disponibles (humanos, financieros, físicos, tecnológicos e institucionales) hacia el logro de los objetivos y las metas anuales de la Administración.
El Plan de Acción es, por tanto, un instrumento de planificación mediante el cual cada dependencia de la Administración territorial, ordena y organiza las acciones, los proyectos y los recursos que va a desarrollar en la vigencia, para ejecutar los proyectos que darán cumplimiento a las metas previstas en el Plan.
7.2 ¿Qué es y para qué sirve el Plan de Acción (PA )?
La ley no establece el contenido específico de los planes de acción, dando así autonomía a las entidades territoriales en su formulación y diseño, de conformidad con sus requerimientos y necesidades de información para la programación, ejecución, seguimiento y evaluación del plan de desarrollo.
No obstante, desde la perspectiva de los requerimientos del sistema de evaluación del desempeño a la gestión territorial, es deseable que el contenido de los planes de acción esté fundamentado en los principios orientadores de coordinación, coherencia y continuidad.
Por tanto, se recomienda al iniciar el proceso de elaboración del Plan de acción que cada dependencia reflexione sobre los siguientes aspectos:
• ¿De qué proyectos es responsable de manera individual?
• ¿De qué proyectos es responsable en conjunto con otras dependencias?
• ¿Cuál es el compromiso de la dependencia respecto a la magnitud de las metas de producto para lograr en la vigencia?
• ¿Qué estrategias o actividades deben abordarse para dar cumplimento al compromiso establecido en metas de producto? ¿Cómo va a coordinar sus acciones con otras entidades o dependencias con las cuales comparte responsabilidades para el cumplimiento de una o
varias metas del plan de acción?
• ¿Qué acciones o proyectos7 deben ejecutarse para cumplir con las metas de producto para lograr en la vigencia?
• ¿Con qué recursos financieros se cuenta para darle cumplimiento a las metas de producto programadas para la vigencia?
En este contexto, se sugiere que su contenido mínimo en el momento de la programación sea el siguiente:
7.3¿Cuál es el contenido del PA ?
Identificación de dependencia Niveles planes de desarrollo
Metas de producto programadas para la vigencia, deben ser coherentes con el Plan Indicativo y el POAI
Proyectos- Estrategias y actividades para la ejecución del proyecto Es importante resaltar que el componente básico de los planes de acción son los proyectos por cuanto es a través de éstos que se concretan las metas del plan. A su vez, cada proyecto de inversión formulado y aprobado en el Plan de Inversiones se constituye en una unidad operacional que vincula recursos y actividades en un período de tiempo.
Cuando hay proyectos que son responsabilidad de varias dependencias, se recomienda que cada una incluya el proyecto, pero definiendo las actividades que son de su competencia, de forma que al hacer el seguimiento al plan de acción de toda la Administración se establezca el estado de avance del proyecto en conjunto. En este sentido, es importante definir mecanismos permanentes de articulación.
Actividad 1: Convocatoria a Comités Operativos Sectoriales
Los comités operativos, equipos de trabajo o simplemente los responsables sectoriales que se formalizaron desde la formulación del Plan de Desarrollo, son los mismos que deben convocarse para la formulación del plan de acción, caso contrario, se recomienda que en cada dependencia se definan los responsables institucionales de los diferentes programas del PD.
Actividad 2: Armonización de Planes de Acción en el primer año de gobierno
En el año de inicio del periodo de gobierno, la Administración debe ajustar el PA y el POAI aprobado desde la vigencia anterior de acuerdo con el Plan de Desarrollo aprobado, de forma que se homologuen los programas y las metas correspondientes.
Actividad 3: Revisión de insumos para la formulación del plan de acción
A continuación se mencionan algunos de los insumos requeridos para la formulación del Plan de Acción:
• Plan de Desarrollo.
• Plan Indicativo: en lo pertinente a la distribución de las metas de producto por anualidades y de manera especifica de las metas programadas para la vigencia correspondiente.
• Plan de Acción ejecutado de la vigencia anterior: permite establecer el grado de cumplimiento de las metas de producto programadas y, en esa medida, ajustar las metas que se van a programar en el plan de acción de la nueva vigencia. Por ejemplo, si el plan de acción de la vigencia anterior reporta desfases.
• POAI: las dependencias de la administración revisten el carácter de unidades ejecutoras, por tanto, conocer los recursos disponibles es una de las condiciones para que los planes de acción sean verdaderos instrumentos de ejecución organizada y eficaz del Plan de Desarrollo.
• Proyectos viables registrados en el BPPIM: teniendo en cuenta que las metas de producto definidas en el Plan de acción se ejecutan a través de los proyectos, es fundamental que los proyectos de inversión se encuentren formulados y registrados en el Banco de Proyectos de Inversión. 678
Indicador esperado de las estrategias y actividades
Recursos asignados por metas de producto
Responsable
7.4 ¿Cómo se elabora el PA ?
Actividad 4: Elaboración del documento inicial de Plan de Acción
Con base en los insumos, cada dependencia elabora un documento con las estrategias y acciones que va a adelantar para dar cumplimiento al POAI, y, por ende, al Plan Indicativo y al Plan de Desarrollo.
Actividad 5: Aprobación del Plan de Acción
Si bien en la Ley 152 de 1994 no se desarrollan los procedimientos de aprobación de los planes de acción, se recomienda realizar las siguientes actividades:
• Presentación ante el Consejo de Gobierno. Cada secretario o jefe de dependencia responsable de la ejecución del plan de desarrollo deberá presentar y sustentar el Plan de Acción ante el Consejo de Gobierno, justificando su importancia de acuerdo con las prioridades establecidas por el gobernante y la distribución de metas del Plan indicativo, la coherencia de los proyectos y acciones con el Plan operativo anual de inversiones y la claridad y consistencia de los indicadores para el seguimiento y la evaluación.
• Identificación de actividades compartidas. En caso de existir actividades compartidas entre varias dependencias que contribuyen al logro de un mismo objetivo o programa, éstas deben proponer un acuerdo de trabajo conjunto de forma tal que garantice su realización. Estos acuerdos deben aprobarse por parte del Consejo de Gobierno.
• Revisión de la coherencia entre el Plan de Acción y POAI. Una vez las Secretarías de Planeación y Hacienda fijen la cuota de inversión y funcionamiento, es necesario revisar el plan de acción y con base en los recursos disponibles establecer las prioridades para su ajuste.
De acuerdo con lo anterior, los planes de acción deben identificar y relacionar todos los proyectos con su contribución a las metas y requerimientos de recursos para cada vigencia fiscal, como un insumo del proceso de programación presupuestal.
• Aprobación definitiva y pautas para su seguimiento. Una vez realizados los ajustes propuestos por el Consejo de Gobierno e incorporados los acuerdos con otras dependencias, se aprueba la versión definitiva del Plan de Acción de toda la Administración, el cual regirá la
gestión de cada dependencia y de sus funcionarios. En el momento de su aprobación, el gobernante territorial acordará la respectiva periodicidad con que se seguirá y evaluará su ejecución, así mismo, definirá las ponderaciones según las prioridades de la Administración.
Actividad 6: Ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Acción
El Plan de Acción aprobado es el instrumento sobre el cual las dependencias de la Administración deben enmarcar las decisiones de inversión que van a ejecutar en la vigencia, cuidando que las acciones por realizar o los proyectos para ejecutar de manera directa o por contratar con terceros, sean los que efectivamente contribuyen al logro de las metas de productos asociadas a cada uno de los programas del Plan de Desarrollo y en consecuencia impactar en el logro de las metas de resultados del respectivo sector. De igual manera, debe observarse que los proyectos por ejecutar sean los aprobados en el POAI.
Adicionalmente, la dependencia de planeación debe realizar el seguimiento y la evaluación sobre la ejecución del Plan de Acción, así como del estado de ejecución del plan de desarrollo en términos del cumplimiento de las metas de producto, resultados y el balance y análisis de los recursos utilizados para verificar niveles de ejecución y cumplimiento de destinación de ley y eficiencia.

El Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC), al igual que los instrumentos que se han revisado facilitan el cumplimiento de la misión, las responsabilidades y los compromisos adquiridos por la Administración territorial. En ese sentido, es el instrumento mediante el cual se establece el monto máximo mensual de fondos disponibles, con los cuales se podrán ejecutar las actividades programadas en el Plan de Acción que realiza cada dependencia.
Igualmente, su articulación dentro del Sistema Presupuestal conlleva a que gracias a la ejecución del PAC en desarrollo del principio de la unidad de caja, la tesorería es la encargada del manejo de los recursos, mediante la cuenta única y las cuentas especiales establecidas para las entidades territoriales.
8. El Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC )
8.1 ¿Cuál es la contribución del PAC al Proceso de gestión pública?


Se elabora con base en capítulo VII. DDTS. DNP. Bases para la Gestión del Sistema Presupuestal Local. DNP. CAF.
Aspectos prácticos del Sistema Presupuestal Colombiano. www.minhacienda.gov.co
El PAC es un instrumento mediante el cual se fija el monto máximo para efectuar pagos, y constituye el mecanismo que define el monto mensual de fondos disponibles en la Cuenta Única Municipal y en las Cuentas Especiales (como las del Sistema General de Participaciones –SGP–), para efectuar el pago de los compromisos asumidos en desarrollo de las apropiaciones
presupuestales incorporadas en el Presupuesto y financiadas con recursos del municipio El Artículo 73 del Decreto 111 de 1996 establece lo siguiente:
“Artículo 73. La ejecución de los gastos del Presupuesto General de la Nación [Presupuesto General del Municipio] se hará a través del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC).


8.2 ¿Qué es y para qué sirve el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC )?
[64] Este es el instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de fondos disponibles en la Cuenta Única Nacional [Cuenta Única Municipal], para los órganos financiados con recursos de la Nación [del municipio], y el monto máximo mensual de pagos de los establecimientos públicos del orden nacional [del orden municipal] en lo que se refiere a sus propios ingresos, con el fin de cumplir sus compromisos. En consecuencia, los pagos se harán teniendo en cuenta el PAC y se sujetarán a los montos aprobados en él. El Programa Anual de Caja estará clasificado en la forma que establezca el Gobierno y será elaborado por los diferentes órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación [Presupuesto General del Municipio], con la asesoría de la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público [Secretaría de Hacienda] y teniendo en cuenta las metas financieras establecidas por el Confis. Para iniciar su ejecución, este programa debe haber sido radicado en la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público [Secretaría de Hacienda].
El PAC correspondiente a las apropiaciones de cada vigencia fiscal, tendrá como límite máximo el valor del presupuesto de ese período.
Las modificaciones al PAC serán aprobadas por la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público [Secretaría de Hacienda] con base en las metas financieras establecidas por el Confis. Ésta podrá reducir el PAC en caso de detectarse una deficiencia en su ejecución.
Igualmente, se podrán reducir las apropiaciones cuando se compruebe una inadecuada ejecución del PAC o cuando el comportamiento de ingresos o las condiciones macroeconómicas así lo exijan.
Las apropiaciones suspendidas, incluidas las que se financien con los recursos adicionales a que hace referencia el Artículo 347 de la Constitución Política, lo mismo que aquéllas financiadas con recursos del crédito no perfeccionados, sólo se incluirán en el Programa Anual de Caja PAC, cuando cese en sus efectos la suspensión o cuando lo autorice el Confis mientras se perfeccionan los contratos de empréstito.
El Gobierno reglamentará la materia (Ley 38/89, artículo 55. Ley 179/94, artículo 32. Ley 225/95, artículos 14 y 33)”. [El contenido entre paréntesis es nuestro].
Éste se compone de las siguientes tres partes:

1 El esquema de mensualización de rentas y recursos de capital
El esquema de mensualización de pagos por sección presupuestal
Esquema de mensualización total de pagos por sección presupuestal
8.3 ¿Cuál es el contenido del PAC ?
De acuerdo con lo anterior, las entidades territoriales deben elaborar el Programa Anual Mensualizado de Caja, teniendo en cuenta, entre otras, las disposiciones que regulan los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP), los cuales en virtud del Artículo 91 de la Ley 715 de 2001, no hacen unidad de caja con los demás recursos del Presupuesto, y su administración se realiza en cuentas separadas de los recursos de la entidad y por sectores.


Para elaborar el Programa Anual Mensualizado de Caja, se recomienda el siguiente procedimiento:
Actividad 1: Elaboración del Programa Anual Mensualizado de Caja
La primera etapa en la elaboración del Programa Anual Mensualizado de Caja consiste en mensualizar los ingresos de las rentas de destinación específica y de los demás recursos incluidos en la Cuenta Única Municipal y en las Cuentas Especiales del Sistema General de Participaciones, diferenciando cada fuente mediante un código de recursos, tal como se indica a continuación:
Esquema de mensualización de rentas y recursos de capital

8.4 ¿Cómo se elabora el PAC ?
Codigo -Ingreso - Renta o recurso de capital
Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
Total
Apropiado 010000 Ingresos corrientes -011000 - Ingresos tributarios - 011100
Impuesto predial unificado 0120000 - Ingresos no tributarios 0121000 SGP 0121100
SGP - Educación Total Ingresos
Actividad 2: Elaboración del Proyecto de Programa Anual Mensualizado de Caja
Conforme a la apropiación presupuestal se solicita a cada entidad, ejecutora de la entidad territorial, que elabore un proyecto de Programa Anual Mensualizado de Caja, considerando sus prioridades, los tiempos de ejecución de los proyectos (de acuerdo con su respectiva Plan de Acción), los tiempos de realización de los procesos contractuales, de acuerdo con el Plan de Contratación10 elaborado por la entidad y la programación de pagos a los empleados públicos y contratistas.
Dicho proyecto debe radicarse en la Secretaría de Hacienda de la entidad territorial en los tiempos definidos en las disposiciones generales del Presupuesto o en el Decreto de Liquidación del Presupuesto, con el fin de consolidar todas las propuestas. La propuesta puede presentarse en la siguiente estructura:
Esquema de mensualización de pagos por sección presupuestal Actividad 3: Distribución de recursos en cada mes

A partir del Presupuesto de gastos aprobado y, teniendo clara la fuente de financiación de cada concepto de gasto (mediante la agregación de un código de fuente a la apropiación correspondiente), la propuesta de Programa Anual Mensualizado de Caja de cada entidad ejecutora y la disponibilidad mensual de recursos según la fuente, se procede a distribuir en cada mes los recursos, entre los diferentes conceptos de gasto de acuerdo con las secciones y apropiaciones correspondientes, garantizando que el gasto corresponda con el ingreso que legalmente puede financiarlo.
Recordemos que el límite del Programa Anual Mensualizado de Caja es el monto apropiado para la vigencia. De esta manera, se tendrá la mensualización de pagos por cada rubro. 10De conformidad con la Directiva Presidencial 12 de octubre de 2002, “…al elaborar su presupuesto las entidades
deberán preparar un plan de contratación para la siguiente vigencia que incluirá los principales contratos, el cronograma de realización de los estudios previos, pliegos, procesos de selección de contratistas y ejecución de los contratos”.
Codigo -Gasto- Gastos aprobados
Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
Total
Apropiado Código- Fuente 020000 Gastos de funcionamiento 021000 Servicios personales
indirectos 021100 Honorarios 030000 - Servicios de la deuda 0410000
Gastos de Inversión 0411000 - Sector Educación 0411100

Programa 1 0411110

Subprograma 1 0411111

Proyecto 1 Total gastos sección

Esquema de mensualización total de pagos por sección presupuestal

Actividad 4: Aprobación del Plan Anual Mensualizado
Una vez la Secretaría de Hacienda consolida el Programa Anual Mensualizado de Caja para toda la Administración, se presenta para su aprobación ante el Consejo Territorial de Política Fiscal.
Actividad 5: Comunicación a las entidades ejecutoras Aprobado el Programa Anual Mensualizado de Caja, la Secretaría de Hacienda, o quien haga sus veces, comunica a todas las entidades ejecutoras del Presupuesto, sobre las metas de disponibilidad de Programa Anual Mensualizado de Caja para los gastos que están a su cargo.
Las modificaciones al Programa Anual Mensualizado de Caja serán aprobadas por la Secretaría de Hacienda cuando no varíen las metas financieras establecidas por el Consejo Territorial de Política Fiscal.
La Secretaría de Hacienda podrá reducir el Programa Anual Mensualizado de Caja en caso de detectarse deficiencia en su ejecución, por bajo nivel de recaudo.
Además del Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) es necesario contar con la autorización de disponibilidad del Programa
Anual Mensualizado de Caja expedido por la Tesorería de la Secretaría de Hacienda o cualquier otro mecanismo que garantice la disponibilidad de PAC, al momento de causar el compromiso, lo cual es fundamental para evitar incurrir en lo expuesto por la Ley 734 de 2002:
Codigo Gasto Gastos aprobados
Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
Total Apropiado - Código -Fuente
A Sección
Administración municipal 020000
Gastos de funcionamiento 021000
Servicios personales indirectos 021100 Honorarios 030000
Servicios de la deuda 0410000
Gastos de Inversión 0411000
Sector Educación 0411100 Programa 1
0411110 Subprograma 1
0411111 Proyecto 1
Total gastos sección Artículo 35.

Prohibiciones. A todo servidor público le está prohibido:
16. Asumir obligaciones o compromisos de pago que superen la cuantía de los montos aprobados en el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC).

Artículo 48. Faltas gravísimas. Son faltas gravísimas las siguientes:
23. Ordenar o efectuar el pago de obligaciones en exceso del saldo disponible en el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC).
En consecuencia, el Programa Anual Mensualizado de Caja es un instrumento orientador de la gestión presupuestal, que elimina el riesgo de generar déficit y facilita el cumplimiento de las obligaciones contractuales, en tanto los pagos derivados de los compromisos se ajusten a la disponibilidad real de los recursos del Programa Anual Mensualizado de Caja.

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN. Elementos básicos para el diseño de sistemas de seguimiento y evaluación de gestión y resultados de los planes de desarrollo. Noviembre de 2001.
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN. Guía metodológica para el diseño e implementación del sistema de seguimiento y evaluación. 2001.

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